REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
 
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.
 
 
                                              Los Teques, 25 de Octubre de 2010
 
                                                                          200º y 151º
 
ASUNTO: JMS1-S-1798-10
 
 
	Vistas las anteriores actuaciones y por cuanto, para el día de hoy 25.10.10, estaba fijada la audiencia de jurisdicción voluntaria iniciado por solicitud de los ciudadanos, IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por decreto de separación de cuerpos y de bienes, sin que hayan comparecido a la audiencia, ni avisaron en forma previa, ni dieron aviso por ningún medio en la fecha fijada que justificara su ausencia, a pesar que se concedió un plazo de espera de 30 minutos e, incluso, le fue avisada la fecha de la celebración de la misma, informando la cónyuge que ella no acudirá por cuanto no esta de acuerdo en separarse, considerando que, conforme al artículo 514 ibídem, en caso que la solicitante no comparezca a la audiencia el o la jueza debe declarar terminado el procedimiento, es por lo que quien suscribe considera procedente y ajustado a derecho DECLARAR DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y, por ende, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA Y TERMINADO EL ASUNTO, a tenor del artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.  Regístrese la presente decisión. Expídase al solicitante copia certificada del presente auto. Cúmplase.
 
LA JUEZA,  
 
 
DRA. ZULAY CHAPARRO 
 
                                                        		         LA SECRETARIA,
 
                             
 
                                            	      		         ABG. MAGALY YÉPEZ
 
      En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
 
                                                                            LA SECRETARIA,
 
 
                                                                            ABG. MAGALY YÉPEZ
 
 
 
 
 
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