REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES
Los Teques, 14 de Octubre de dos mil diez (2010)
200º y 151 º
Vista diligencia que antecede de fecha 11/10/2010, suscrita por los ciudadanos Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, mediante la cual manifiestan que se reconciliaron y desisten de la presente solicitud.
I
Ahora bien, siendo el desistimiento un ACTO DE AUTOCOMPOSICIÓN PROCESAL efectuado por la parte accionante, que conlleva como efecto a la extinción del proceso, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. La Jueza dará por consumado el acto y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria...”, y siendo que se encuentran llenos los extremos exigidos por la Ley, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHO MECANISMO DE AUTOCOMPOSICIÓN PROCESAL, y así se declara.
II
En consecuencia, SE EXTINGUE EL PROCESO. Así mismo, SE ORDENA el Cierre del presente Asunto, debiendo ser remitido al depósito del Archivo Judicial para su debido resguardo, previa certificación y devolución de los documentos originales que sean requeridos por las partes. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. PAOLA ARAUJO ALVAREZ
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO ROSALES
Motivo: Separación de Cuerpos
Asunto TI1(10.038)
PAA/AR/dmb
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