REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES

Los Teques, 19 de Octubre de dos mil diez (2010)
200º y 151 º

Visto el cómputo realizado por Secretaría, mediante el cual se evidencia que fue ejercido el recurso de apelación, dentro de la oportunidad legal correspondiente, formulado por el Profesional del Derecho MIGUEL ANGEL MARTINEZ SEQUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.931, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte accionante, Adolescente Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, titular de la cédula de identidad Nº V-Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente; en consecuencia es por lo que éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el Artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes, OÍR DICHA APELACIÓN en un solo efecto; asimismo, se INSTA a la parte accionante, para que indique las copias que serán remitidas adjunto al recurso de apelación al Tribunal de Alzada. Por otra parte, a fin de proveer lo solicitado por la parte demandada, ciudadano Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, actuando con carácter de Representante Legal de la Sociedad Mercantil Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en fecha 18/01/2010, es por lo que SE ACUERDA 1) oficiar a la Sala de Reclamos de la Inspectoría de Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, a los fines de que remitan toda la información suministrada al Adolescente Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en la planilla de reclamos, signada con el Nº 039-2009-03-00142, de fecha 03/02/2009 y 2) Oficiar al Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de éste Circuito Judicial de Protección, a los fines de que informen si por ante ése Tribunal cursa Asunto Nº 13.553, en caso afirmativo, informe el estado en que se encuentra, el motivo y lo que a bien tenga en relación al mismo. Líbrese oficios respectivos.Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA


DRA. PAOLA ARAUJO ALVAREZ

EL SECRETARIO


ABG. ANTONIO ROSALES
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales
Asunto TI1-(13.776)
PAA/AR/dmb.-