REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el ABG. ROLDAN DI TORO, en su carácter de Fiscal Décimo Segundo del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, y a tal efecto se ACUERDA UNA PRORROGA DE SESENTA (60) DÍAS CONTINUOS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA FECHA EN LA CUAL VENCE EL LAPSO PARA PRESENTAR EL ACTO CONCLUSIVO CORRESPONDIENTE, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento y primer aparte del articulo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con lo establecido en los artículos 76 y 77 Ejusdem, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 11 numeral 6 y articulo 34 numeral 7 ambos de la Ley Orgánica del Ministerio Público, todos amparados en el articulo 49 numeral 1 y 285 numerales 1 y 3 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debiendo presentar el acto conclusivo a mas tardar el DIA MARTES CATORCE (14) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ (2010).-
LA JUEZ
ROSA ANDREINA CARRASCO CONDE
LA SECRETARIA
MILEIKA STENDER
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación.
LA SECRETARIA
MILEIKA STENDER
EXP. NRO. ACVCLM104-10
RACC/MS/mf*