REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques, 18 de Octubre de 2010
200° y 151°

EXPEDIENTE N° 1M-153/08

JUEZ: DR. ROSA ELENA RAEL MENDOZA
SECRETARIO: ABG. JOSE LUIS CHAPARRO

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ACUSADO: SUAREZ ARRIETA YNOENA RAMONA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.909.043.

FISCAL: Décimo Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Dra. Eylin Ruiz.

DEFENSA: Dra. Dubraska Celeste Segovia Landaeta.

DELITO: Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.


Visto que en fecha 06/10/2010, se recibió escrito, interpuesto por la ciudadana FRANCISCA GRACIELA LOPEZ BELLO, titular de la cédula de identidad N° V-627.022, mediante el cual se excusa de participar como Escabino en la presente causa, seguida a la acusada SUAREZ ARRIETA YNOERA, titular de la cédula de identidad N° V-13.909.043; signada bajo el N° 1M-153/08; en virtud de estar próxima a cumplir setenta y un (71) años de edad; en tal sentido éste Tribunal a los fines de decidir, previamente observa:

El artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela incorpora a los ciudadanos en la administración de justicia penal, como parte integrante del sistema de justicia, lo cual se ve reforzado en el contenido del Código Orgánico Procesal Penal, en el cual se establece como un deber la participación de los ciudadanos a través de la figura del Escabinado, quienes en número de dos (02) deberán integrar conjuntamente con la Juez profesional, un Tribunal Mixto para el conocimiento de las causas por delitos cuyo límite máximo exceda de cuatro (04) años; tal y como lo establece el artículo 65 del mencionado texto adjetivo penal

Así las cosas, a los fines de la conformación del Tribunal Mixto, los Escabinos son seleccionados a través de sorteo público, siendo que en el presente caso, entre otros, resultó electo en su oportunidad, la ciudadana FRANCISCA GRACIELA LOPEZ BELLO, titular de la cédula de identidad N° V-627.022, quien esta próxima a cumplir setenta y un (71) años de edad.

Sobre éste particular el artículo 154 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, señala como causal de excusa para ser Escabino, lo siguiente:

“Podrán excusarse para actuar como escabino:

…4. Quines sean mayores de 70 años.


En tal sentido, en virtud de la normativa anteriormente transcrita y en atención a la edad de la ciudadana FRANCISCA GRACIELA LOPEZ BELLO, titular de la cédula de identidad N° V-627.022; se declara Con Lugar la excusa presentada por la ciudadana FRANCISCA GRACIELA LOPEZ BELLO, titular de la cédula de identidad N° V-627.022; toda vez que la misma se encuentra incursa en la causal de excusa, prevista en el numeral 4 del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal, en su condición de Escabino Titular II en la causa seguida en contra de la ciudadana SUAREZ ARRIETA YNOERA, signada con el N° 1M-153/08, cursante por ante este Órgano Jurisdiccional; razón por la cual se le exonera de participar como Escabino en la presente causa. Y así se decide.-

DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley: Declara Con Lugar la excusa presentada por la ciudadana FRANCISCA GRACIELA LOPEZ BELLO, titular de la cédula de identidad N° V-627.022, quien fue seleccionada según sorteo No. 672, realizado por éste Tribunal para actuar como Escabino en la presente causa identificada N° 1M-153/08, seguida a la ciudadana SUAREZ ARRIETA YNOERA, titular de la cédula de identidad N°. V-13.909.043; ello por motivo de edad; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; razón por la cual se le exonera de participar como Escabino en la presente causa.
Notifíquese a las partes, conforme al único aparte del Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la ciudadana FRANCISCA GRACIELA LOPEZ BELLO, titular de la cédula de identidad N° V-627.022, de lo aquí decidido.
Líbrese oficio a la Oficina de Participación Ciudadana de éste Circuito Judicial Penal, informando lo conducente.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Juicio N° 1


Dr. Rosa Elena Rael Mendoza

El Secretario

Abg. JOSE LUIS CHAPARRO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico

El Secretario

Abg. JOSE LUIS CHAPARRO


Expediente N° 1M-153-08
RER/JLCH/RER