REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO LOS TEQUES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Los Teques, 7 de octubre de 2010
200° y 151°
CAUSA No. 2M249-10
JUEZ: Lieska Daniela Fornes Díaz.
SECRETARIA: Adelkis Jesús Laya Salazar.
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: JUAN CANELÓN, Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
ACUSADO: LUÍS ALBERTO NAVAS HERRERA, portador de la cédula de identidad No. V-20.411.812.
DEFENSA: NADIUSKA MARISOL LIENDO, Defensora Privada.
DELITO: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR,
VÍCTIMA: GONZÁLEZ GÓMEZ PEDRO FIDEL, PABON RAMÍREZ ALFREDO JOSÉ.
Resuelve este Juez la excusa presentada por la ciudadana CARMINIA PÉREZ ÁVILA, quien fue seleccionado para actuar como ESCABINO en la presente causa identificada nro. 2M249-10, seguida al ciudadano LUÍS ALBERTO NAVAS HERRERA.
I
La vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela incorpora a los ciudadanos en la administración de justicia penal (artículo 253), previsión que es desarrollada en el Código Orgánico Procesal Penal y donde se establece como un deber la participación de los ciudadanos como escabinos, quienes en número de dos (02) integran con el Juez profesional, un Tribunal Mixto para el conocimiento de las causas por delitos cuyo límite máximo exceda de cuatro años.
Así las cosas, a los fines de la conformación del Tribunal, los escabinos son seleccionados en sorteo público, siendo que en el presente caso, entre otros, resultó electa en su oportunidad, la ciudadana CARMINIA PÉREZ ÁVILA quien manifiesta mediante escrito recibido en fecha 6-10-2010, su voluntad de excusarse de participar como escabino en la administración de justicia.
II
La ciudadana CARMINIA PÉREZ ÁVILA señala en escrito que dirige a este Tribunal y mediante el cual presenta su excusa: “me dirijo a usted a fin de manifestarle: notificarle que me ha llegado una citación para escabino en la causa 2M249-10, a fines de la constitución de Tribunal Mixto, sin embargo en estos momentos ya he culminado la participación que tenía en la causa 1M186-09, llevada en el Tribunal presidido por la Juez Dra. Rosa Elena Rael Mendoza, el cual dicha culminación fue efectuada en fecha 2 de septiembre de 2010. En la cual en estos momentos estoy esperando las credenciales… ”.
Al respecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 154.1 del Código Orgánico Procesal Penal el cual dispone que podrán excusarse para actuar como escabino, “Los o las que hayan desempeñado estas funciones dentro de los tres años precedentes al día de la nueva designación”, se declara con lugar la excusa presentada, en virtud de la función de escabino que desempeñó la ciudadana Carminia Pérez Ávila, ante el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal y sede, en la causa signada con el nro. 1M186-09. Así se decide.
DECISIÓN
Este Juez Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, acepta la excusa presentada por la ciudadana CARMINIA PÉREZ ÁVILA, quien fue seleccionada según sorteo realizado por este Tribunal para actuar como escabino en la presente causa identificada N° 2M249-10, seguida al ciudadano LUÍS ALBERTO NAVAS HERRERA, de conformidad con el artículo 154.1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese. Déjese copia autorizada. Notifíquese a la Oficina de Participación Ciudadana lo conducente.
LA JUEZ
LIESKA DANIELA FORNES DIAZ
EL SECRETARIO
ADELKIS JESÚS LAYA SALAZAR
CAUSA N° 2M249-10
7/10/2010
EXCUSA DE ESCABINO.-
3/3.-