REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN BARLOVENTO

En el día de hoy, Seis (06) de Octubre del año Dos Mil Diez (2010), quien suscribe ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS, Jueza Segunda de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, por medio de la presente Acta ME INHIBO, de conocer de la presente causa, signada con el N° 2U826-06, seguida en contra de los ciudadanos HERNANDEZ JUAN JOSE Y OLIVEROS CARLOS ENRIQUE, quienes son titulares de las Cédulas de Identidad Números 18.001.961 y 21.150.654 respectivamente por la presunta comisión de los delitos de; OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO previsto en el artículo 472 del Código Penal vigente, en virtud de la acusación formulada en su contra por la Fiscalía Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, se fundamenta la presente INHIBICION en el contenido del artículo 86, numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto tal como se observa de las actas que conforman la presente causa, se evidencia que en fecha 11 de Enero del año 2005, en mi condición de Jueza Segunda de Primera Instancia en funciones de Control, realicé la Audiencia Preliminar en la presente causa y Decreté Auto de Apertura a Juicio Oral, tal y como consta a las actas procesales que conforman el presente expediente folios 68 al 72, Acta de la Audiencia Preliminar y folios 76 al 80 Auto de Apertura a Juicio Oral, de la Primera Pieza. Ahora bien, se desprende que emití opinión en la presente causa en mi condición de Jueza Segunda en función de Control, en consecuencia conforme a lo dispuesto en el artículo 86 numeral 7, considero que mi imparcialidad se encuentra afectada para conocer y decidir la presente causa. En virtud de lo antes expuesto se acuerda abrir un cuaderno de incidencia remitiendo la presente acta y copia certificada de los recaudos correspondientes a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal con Sede en Los Teques, y líbrese oficio remitiendo las presentes actuaciones a la Oficina del Alguacilazgo para su redistribución a otro Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y Sede. Y déjese copia de la presente acta. Es todo. Cúmplase.
LA JUEZA SEGUNDA DE JUICIO

Abg. ELIADE MARGARITA ISTURIZ PALACIOS

LA SECRETARIA

Abg. FABIOLA GUERRERO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

Abg. FABIOLA GUERRERO



Exp. 2U-826-06