REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO

CAUSA N° 1E- 823-10

JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL

SECRETARIA: EDERLIN PEREZ LEON

SANCIONADO: RAMON ANTONIO HUISE

VICTIMA: RAIYUCETT LOPEZ DUARTE

FISCAL: Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.

DEFENSA: Dr. TIRONNE BERROTERAN


LOS HECHOS
Procede la juez titular a una revisión minuciosa de las actas procesales a cuyos efectos se observa que en fecha 26 de enero de 2010 fue impuesto el joven sancionado de la medida de libertad asistida que debía cumplir por el período de un (01) año en virtud de haber sido sancionado por la comisión del delito de ROBO LEVE (arrebatòn), delito en el cual el joven admitió los hechos por ante el tribunal de juicio.
Ahora bien, en atención al contenido del informe evolutivo, se puede evidenciar que el joven ha cumplido cabalmente con la medida impuesta, evidenciándose que es una persona, ya mayor de edad con una evolución en progreso, que asiste puntualmente a sus presentaciones y que se encuentra trabajando como colector en un autobús.
En tal sentido, considera quien aquí decide verificado el còmputo de cumplimiento de la sanción impuesta, que al joven sancionado le falta poco tiempo calendario para culminar con la sanción, pero tomando en consideración que el joven ha cumplido puntual y regularmente la sanción impuesta. Que el joven se encuentra trabajando. Que el delito cometido y el daño social ocasionado fueron menores. Y que el mismo admitió los hechos imputados pro la fiscalía mostrando deseos reparatorios, ante lo cual considera quien aquí decide que se han cumplido los objetivos previstos en la ley especial. Ante lo cual es forzoso para este juzgado ORDENAR EL CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, al haberse cumplido los objetivos que persigue la ley penal juvenil. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA que venìa cumpliendo el hoy joven adulto RAMON ANTONIO HUISE, titular de la cèdula de identidad No. 21.573.377, quien fuera sancionado por la comisión del delito de ROBO LEVE (arrebatòn) de conformidad con lo establecido en el artículo 622, 646 y el literal H del artículo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en consecuencia a partir de la presente fecha opera su LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES. Por cuanto la presente decisión emana de una revisión por presentación de informe evolutivo y no es dictada en audiencia, conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP, se ordena la notificación de las partes. Notifíquese a las partes. Lìbrese boletas de notificación. Lìbrese oficio al departamento de libertad asistida a los fines de que procedan al cierre del expediente administrativo de la sancionada. Cùmplase. Se ordena el cierre del presente expediente una vez que transcurran los lapsos procesales correspondientes.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los veintiun (21) días del



mes de octubre del año dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA,


DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL

LA SECRETARIA,


EDERLIN PEREZ LEON

En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA,


EDERLIN PEREZ LEON


































CAUSA N° 1E-823-10
MTSO/mtso