REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 6 de Octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : MP21-P-2008-002932
ASUNTO : MJ21-P-2009-000003


JUEZ PRIMERO DE EJECUCION: SANDRA SATURNO MATOS

SECRETARIO: NEPTALY GONZALEZ

PENADA: HEYDDI LUZMAR MORENO SUAREZ

FISCAL: ALEXIS ANSELMI, FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO CON COMPETENCIA PLENA EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

DEFENSA: FRANCISCO CARLOMAGNO


Por recibida solicitud de el DR. FRANCISCO CARLOMAGNO, en su condición de defensor pùblico de la ciudadana penada HEYDDI LUZMAR MORENO SUAREZ, quien actualmente se encuentra disfrutando del beneficio de CONFINAMIENTO en Carmen de Cura Estado Aragua, y solicita CAMBIO DE LUGAR DE CONFINAMIENTO, a la prefectura de ANTIMANO PARROQUIA ANTIMANO EN LA CIUDADA DE CARACAS, es por lo que este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de decidir observa que efectivamente la ciudadana HEYDDI LUZMAR MORENO SUAREZ se encuentra actualmente CONFINADA en la Parroquia carmen de Cura ubicada en el Estado Aragua, verificado como se encuentra que la misma ha dado estricto cumplimiento a las presentaciones en la prefectura de dicho lugar y ha permanecido en dicha jurisdicción, no obstante la penada manifiesta que ha conseguido un trabajo en la ciudad de Caracas en el Consejo Nacional Electoral y que en virtud de ello requiere el cambio de residencia y de lugar de confinamiento.

En tal sentido, este Tribunal observa que la penada ha venido dando muestras de su reinserción a la sociedad, dando estricto cumplimiento a lo ordenado por el tribunal y aunado a ello ha buscado un trabajo para lograr obtener sustento familiar de manera lícita, todo lo cual es el fin último del sistema penitenciario Venezolano, por lo cual al observar la evolución y progresiva reinserción de la penada a la sociedad y al desarrollo de actividad de manera lícita, éste Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es CONCEDER a la penada, ciudadana HEYDDI LUZMAR MORENO SUAREZ, lo solicitado en el sentido de cambiar el lugar de CONFINAMIENTO a la PARROQUIA ANTIMANO, PARTE ALTA, DE SANTA ANA, SECTOR EL SETENTA, CALLE PRINCIPAL, CASA 145, MUNICIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, debiendo culminar sus presentaciones hasta cumplir con la totalidad de la pena impuesta en la PREFECTURA DE LA PARROQUIA ANTIMANO, esto es hasta el día 25 de febrero de 2011, fecha en la cual se extinguirá la totalidad de la pena, debiéndosele advertir al penado, que el incumplimiento de su parte de las condiciones impuestas, se tomara como causa grave, dando como resultado la revocatoria del beneficio que viene disfrutando; de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE.

En consecuencia, se acuerda oficiar lo conducente a la prefectura de CARMEN DE CURA, ESTADO ARAGUA y a la PREFECTURA DE LA PARROQUIA ANTIMANO, CARACAS y se acuerda entregar dicho Oficio al penado a los fines de que lo presente personalmente en dicho Centro; notificar al Fiscal Décimo del Ministerio Publico con Competencia Plena en Materia de Ejecución de La Circunscripción Judicial del Estado Miranda; y a la defensa pùblica. CÚMPLASE.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

SANDRA SATURNO MATOS
EL SECRETARIO

NEPTALY GONZALEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-


EL SECRETARIO
NEPTALY GONZALEZ