REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 21 de septiembre de 2010
200° y 151°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la abogada Yelitze Martínez, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.172.008, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.864, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Soccorsa Papa de Fioretti, Dario Roque Fioretti Papa y Bruno Fioretti Papa; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: SOCCORSA PAPA de FIORETTI, DARIO ROQUE FIORETTI PAPA y BRUNO FIORETTI PAPA, quienes son viuda e hijos del causante, italiana la primera y venezolanos los restantes, titulares de las Cédulas de Identidad NROS E-539.040, 4.054.853 y 6.872.159, respectivamente; en la sucesión del ciudadano PASQUALE FIORETTI BEVILACQUA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 6.858.089, y quien falleció en fecha 15 de marzo de 2010; en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2010-098
LCH / MMI / jge
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