REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 27 de Septiembre de 2010
200º y 151º
Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud, se observa que desde el día 14 de Julio del corriente año, fecha en la cual, los solicitantes consignaron los fotostatos de los testigos promovidos, en virtud de lo cual, este Tribunal, a los fines de dar cumplimento a la presente solicitud, fijó oportunidad para la evacuación testimonial de los testigos promovidos por los solicitantes, en esa misma fecha, quedando desiertos los mismos y visto que, desde el día 14 de Julio de 2010, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que la parte solicitante haya realizado alguna actividad que haga presumir a quién suscribe su interés procesal, por lo que se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés y se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. CLAUDIA SILVA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. CLAUDIA SILVA
S-Nº 1198/2010
JVA/cs/mg.-
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