REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES
Los Teques, 16 de Septiembre de dos mil diez (2010)
200º y 151 º
Revisado como ha sido el presente asunto, contentivo de la solicitud de Autorización de Pasaporte, incoada por la ciudadana Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, titular de la cédula de identidad Nº V-Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, quien actuando en interés de su hija Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, el cual para ese momento contaban con la edad de dieciséis (16) años. Ahora bien, se observa de su acta de nacimiento que cursa al folio 04, que en la actualidad la beneficiaria tiene la edad de dieciocho (18) años, lo que indica que ha adquirido plena capacidad de goce y ejercicio, y no habiendo en el expediente otra actuación ni solicitud realizada por la parte actora, ni por la misma joven, por cuanto se evidencia que no existe elementos que indique a esta sentenciadora continuar con la presente demanda. Así se decide.-
En base a lo antes expuesto, en virtud que la joven cumplió la mayoría de edad, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia y en nombre de la República y por autoridad de Ley, DECLARA EXTINGUIDO el presente asunto. Se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Publíquese, regístrese.-
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo de la Jueza de éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. PAOLA ARAUJO ALVAREZ
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO ROSALES
Asunto S-11.835
Motivo: Autorización de Pasaporte
PAA/AR/dmb
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