REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Segunda Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de oficio, DECLARA:
PRIMERO: NIEGA la aplicación de la Medida Sustitutiva de Libertad solicitada por la Defensa Pùblica del acusado de autos solicitada por la Defensa Pùblica, con fundamento en el contenido del artìculo 264 del Còdigo Orgànico Procesal Penal que decretara el Tribunal Segundo de Control de esta misma Circunscripción Judicial en fecha 07-12-2.007, en contra del acusado de autos JOSE ANGEL GARCIA PALMA identificado en autos con la cèdula de identidad nùmero 18.276.398, todo conforme a lo estipulado por reiteradas decisiones dictadas por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en las sentencias antes citadas. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: ACUERDA Oficiar con carácter de EXTREMA URGENCIA al sitio de reclusiòn del acusado, como lo es la CASA DE REHABILITACIÒN E INTERNADO JUDICIAL EL PARAISO EN CARACAS, para imponerle la ineludible abligaciòn de trasladarlo para el dia QUINCE (15) DE OCTUBRE del presente año 2.010, a las 3:00 horas de la tarde, oportunidad fijada para dar inicio al debate oral y pùblico, y en caso de no realizarse el traslado, que informe a este Tribunal las razones por las cuales no se cumpliò.

Notifíquese a las partes de la presente decisión y trasládense al acusado para este Tribunal a los fines de imponerlo de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO

ADALGIZA . MARCANO H.
La Secretaria

ABG. NACARIS MARRERO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaira


ABG. NACARIS MARRERO