REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

Se dicto auto mediante el cual se admitio el Recurso de Casacion anunciado en fecha 04 de agosto de 2010, contra la sentencia de este Tribunal de fecha 03 de junio de 2010, ordenandose remitir el expediente a la Sala de Casacion Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con oficio No. 722.