REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEXTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS
200º y 152º


En horas de Despacho del día de hoy primero (01)de abril de dos mil once (2011),siendo las 9:30 AM día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES ,que incoara la ciudadana CATALINA BLANCO, titular de la cedula de identidad No.2.692.770, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BRION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA compareció el ciudadano IGNACIO LOYOLA ARAUJO GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº117.551,apoderado de la parte demandada según poder que acompaña para ser agregados a los autos y surta los efectos legales correspondientes. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno a la realización de la audiencia preliminar, siendo que el interés procesal lo tiene el demandante es por lo que de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley este Tribunal considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Es todo. Se deja constancia que siendo las 10:40 AM. culminó la presente audiencia, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ.

ABG. NICOLÀS CELTA GUZMÀN



APODERADO PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. LORENA MEDINA


Expediente N°2041-07
NCG/LM