REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 15 de Abril de 2011
200° y 151°
Revisados como han sido los recaudos consignados en la presente solicitud, en especial Copias Certificadas de Actas de Defunción, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Cristóbal Rojas, Estado Bolivariano de Miranda, y Copia simple de Registro de Nacimiento, así como la declaración testimonial de los ciudadanos: FELICINDA SÁNCHEZ CÁCERES y OSCAR RUBEN MARTÍNEZ SOTO, titulares de las Cédulas de Identidad Nrs. V-3.194.028 y V-6.409.726, respectivamente; este Tribunal del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con la Resolución N° 0006, de fecha 18 de Marzo del 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, según lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA al ciudadano JOSÉ JOAQUIN PIRES, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nr. V-6.096.438, ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del Decujus ANTONIO PIRES, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.058.161. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada.
ABG. JOANNY CARREÑO
JUEZ PROVISORIA
ABG. LISSET ZERPA
SECRETARIA
JC/LZ/Rey
Sol. N° 163-11