REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Charallave, 25 de Abril 2011
201° y 152°
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana BOLÍVAR DE JIMENEZ CARMEN YOLANDA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.434.206, mediante la cual solicita a este Despacho, que declare las presentes actuaciones como TÍTULO SUPLETORIO.-Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan a la presente solicitud, así como la declaración testimonial de los ciudadanos OVALLES CONTRERAS JOSÉ FELIX Y BUENAÑO MARIA TERESA, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 10.783.967 y 4.274.949, respectivamente, venezolanos y mayores de edad, actas levantadas en este Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, que son suficientes; este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de la Resolución Nª 0006, de fecha 18 de Marzo del 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana, BOLÍVAR DE JIMENEZ CARMEN YOLANDA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.434.206, sobre unas bienhechurías construidas en una superficie de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CERO CENTIMETROS (96.000 mts 2), en un lote de terreno que tiene una superficie de TRESCEITNOS METROS CUADRADOS (300.0 MTS2), ubicada en Charallave del Estado Bolivariano de Miranda.-Dicha parcela se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: Con calle ciega. SUR: Con parcela “B” ESTE: Con parcela B-5 Moisés Roca y OESTE: Con calle Principal. Avalada por un escrito de Catastro en la cual informa que en los Archivos pudimos obtener lo siguiente: Sobre el Lote de Terreno consultado se pudiera presumir, que forma o formó parte de una mayor extensión de terreno, de un inmueble propiedad de DESARROLLOS 793 C.A., con un área de Terreno de 150.000.00 M2 y sobre el cual existe un Documento de Notificación debidamente registrado con los siguientes datos: Documento Nª 20; Protocolo: 1, Tomo 16, Trimestre 3; Fecha 28-09-1995, existiendo Ventas de varios lotes de dicha notificación.-Dicha bienhechurías tienen un costo total invertido de SESENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS 00/100 (Bs. 60.000,00).-Devuélvase original con sus resultas al solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
DRA. JOANNY CARREÑO
JUEZ PROVISORIA
LA SECRETARIA,
ABG. LISSET ZERPA
JC/LZ/nakay
Solicitud N° 166-2011