REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Charallave, 25 de Abril del 2011
200° y 151°

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana DELGADO OLIVO LUISANA DEL CARMEN, venezolano (a) (s), mayor (es) de edad, de este domicilio y titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Nro. (s) V-19.112.455, debidamente asistida por el Abogada ANGELINA MAZZA ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.898, mediante la cual solicita a este Despacho, que declare las presentes actuaciones como Título Supletorio. Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan a la presente solicitud, que riela a los folios del 03 al 04, así como la declaración testimonial de los ciudadanos: PARIATA MORENO YEFERSON JESUS Y YAMALY YORMARY CENTENO MORENO titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.115.957. y V-19.820.144, respectivamente, venezolanos, y mayores de edad, actas levantadas en este Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, que son suficientes; este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de la Resolución N°: 0006, de fecha 18 de Marzo del 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana DELGADO OLIVO LUISANA DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.112.455, sobre una bienhechurías construida en un lote de terreno tiene una superficie de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (200 Mts2), ubicada en la Comunidad Mariscal Sucre, Carretera Nacional Las Brisas, frente a la entrada de la comunidad Francisco de Miranda, Charallave del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda. Dicha parcela se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas. NORTE: Con Carretera Nacional Charallave las Brisas, SUR: Con terreno baldío, ESTE: Con bienhechurías que son o fueron de la familia Vargas y OESTE: Con bienhechurías que son o fueron de la Familia Díaz.- Avalada por un escrito de Catastro en la cual informa que en los Archivos pudimos obtener sobre la consulta referente a los propietarios se pudiera encontrarse inserto en dos grandes propiedades las cuales son las siguientes: 1.-Una extensión terrenos que son o fueron propiedad de SILVA PONCE ASOCIADOS S.R.L. ubicados los mismos en el sitio denominado Colinas de Alvarenga con un área inscrita para la fecha de Junio de 1977 de 1.000.000 m2 (100 has) y no habiendo cambios ni actualizaciones de este expediente por esta oficina a la fecha de hoy.-Datos originales del Inmueble: Inscripción de catastro N° 1272, Área inscrita 100.00 Has, Documento 8, folios 25 al 35, Protocolo Primero, FECHA 26/08/1975.-2° y la otra gran propiedad se encuentra inscrita a nombre de la persona de PEDRO RODRÍGUEZ URTARIZ, bajos los números catastrales 9693, 9131 y 9132.-Dichas bienhechurías tienen un costo total invertido de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00). Devuélvase original con sus resultas al solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
DRA. JOANNY CARREÑO

JUEZ PROVISORIA
LA SECRETARIA,

ABG. LISSET ZERPA

JC/LZ/Israel.-
Solicitud N° 173-11