REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, cinco (05) de abril del año dos mil once (2011)
200º y 152º

De una revisión exhaustiva del contenido de las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial de los recaudos anexos, que fueron presentados a efectos videndi, como son: 1) Copia simple del documento de compra venta del lote de terreno, registrado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha veinte (20) de junio del año mil novecientos ochenta y cuatro (1984), bajo el nro. 10, tomo 27, protocolo primero; 2) Copia simple del certificado de solvencia sobre inmuebles urbanos, emitido en fecha 17 de noviembre de 2010, por la Alcaldía de Guaicaipuro, Dirección de Hacienda, a nombre de MARIA DE GOUVEIA DE VILLEGAS y 3) Copia simple del recibo número 178101, emitido por la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, en consecuencia, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, DECLARA dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MARIA DE GOUVEIA DE VILLEGAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.844.916, sobre las bienechurias levantadas en el lote de terreno ubicado en el lugar denominado El Trigo, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, cuyas medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena mediante el presente auto, la entrega de este expediente a la parte solicitante, constante de cuatro (04) folios útiles, previa constancia en el libro diario llevado por este Despacho, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal, incluyendo su carátula.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

MARIA de MATAMOROS.

En esta misma fecha se devuelven todas las actuaciones originales.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,



THA/MdeM/Deivyd
Exp. N° 20110725