REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA
JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR EXP. Nº 1148-10
JUEZ: Dra. JOSEFINA GUTIERREZ.
IMPUTADO: IDENTIDAD PROTEGIDA.
VICTIMA: IDENTIDAD PROTEGIDA.
ACUSADOR: Dra VERONICA BRIGTH PETER ROJAS. FISCAL AUXILIAR DÉCIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.
DEFENSOR PÚBLIC: Dr. JOSE GREGORIO FERRER. DEFENSOR PÚBLICO 2do ADSCRITO A LA UNIDAD DE DEFENSA PÚBLICA DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA – EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
SECRETARIA: Abg. LLASMIL TERESA COLMENARES VÁSQUEZ.
En el día de hoy, TRECE (13) de ABRIL de dos mil once (2011), siendo las diez de la mañana (10:00 am), oportunidad legal fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar convocada por este Juzgado, actuando en función de Control de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con motivo de la acusación formulada por la Fiscalía 17ma del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra del imputado: IDENTIDAD PROTEGIDA. La Acusación antes referida es por la imputación del delito de VIOLACION, previsto en el artículo 374 del Código Penal, que hace la Fiscalía del Ministerio Público en contra del joven adulto antes identificado. Se dio inicio a la presente Audiencia Oral; por lo que la ciudadana Juez pidió a la Secretaria verificar la presencia de las partes, por lo cual se llamaron a cada una de ellas por sus nombres y condición dentro del proceso: Dra. Verónica Brigth Peter Rojas, Fiscal Auxiliar 17° del Ministerio Público y el Dr. José Gregorio, Defensor Público 2do adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, mas no así el imputado. En consecuencia, considera este Tribunal que lo mas prudente es DIFERIR el acto de Audiencia Preliminar para el día Jueves 12 de Mayo de 2011 a las (11:00 am). Se ordena librar en su oportunidad la respectiva Boleta de Notificación del imputado. De conformidad con lo establecido en el Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal quedan notificadas las partes del presente diferimiento. Se declara cerrado el presente acto siendo las diez y treinta de la mañana (11:30 am). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez
Dra. Josefina Gutiérrez.
La Representación Fiscal, La Defensa Pública,
_________________________ __________________________
Dra. Verónica Brigth Peter Rojas. Dra. José Gregorio Ferrer
La Secretaria,
Abg. Llasmil Colmenares Vásquez.