REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE Y POR AUTORIDAD DE LA LEY
(ARTICULO 242 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)
200° y 152°
COMISION Nº 2011-309
TIPO DE DECISION: DEVOLUCION DE COMISION A
SU TRIBUNAL DE ORIGEN (SUBSANAR ERRORES)
ORGANO JURISDICCIONAL: JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. San José de Barlovento, veintinueve (29) de Abril del año 2011.
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES: 1°) Como parte demandante “REPRESENTACIONES MOISE CHERLES W. 2001”, ubicada en la Calle Flor de Mayo, frente a la Estación de Servicios de San José de Barlovento, Municipio Andrés Bello del Estado Miranda. 2°) Como parte demandada Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Ambas partes no han acreditado representación judicial.
EL OBJETO DE LA INCIDENCIA.
En fecha quince (15) de marzo del presente año 2011, se recibió en este despacho, oficio de fecha 24 de Febrero de 2011, signado con el N° 2780-2174, emanado del Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante la cual remiten a este Tribunal, despacho y Boleta de Notificación librados a nombre de la contribuyente REPRESENTACIONES MOISE CHARLES W. 2001, por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, relacionado con el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente mencionada, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2008-000253 de fecha 03 de julio de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Dicha Comisión fue conferida a este despacho judicial, en ocasión de gestionar la Notificación librada a nombre de la contribuyente REPRESENTACIONES MOISE CHARLES W. 2001, por encontrarse la dirección del destinatario a notificar, dentro de la competencia territorial de este Tribunal. Finalmente el Juez del Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz, dejó constancia de que las Boletas anexas a la presente comisión, no tenían estampado el sello húmedo del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
PARTE MOTIVA
Corresponde para esta oportunidad explanar las consideraciones lógicas y racionales que indicarán el camino seguido por este decisor, para arribar al contenido de la dispositiva que forzosamente habrá de pronunciarse y en efecto se hace en los siguientes términos:
UNICO: Observa este Juzgador, en el caso concreto que nos ocupa, que las boletas de Notificación insertas en la comisión respectiva, carecen del sello húmedo del tribunal comitente. No obstante considera éste servidor, que dicha omision, presume cometida involuntariamente, por razones de lo que en doctrina se denomina “lapsus calami”, muy propio de nuestros colapsados Tribunales de la Republica, en este caso lo correcto es que deba ser subsanado, pues el juez que suscribe es del criterio que se debe en colaboración y lealtad a los demás entes del Poder Público, tal como lo preceptúa el articulo 136 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, este servidor considera que lo mas aconsejable sería devolver la presente comisión a su tribunal de origen, a los fines de que se subsane dicha omisión, estampando así el sello respectivo en la boleta de notificación, para darle la credibilidad debida y satisfacer la exigencia de la ley en este sentido, quedando este servidor con la entera predisposición de recibir esta o cualquier otra encomienda que nos asigne el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y así se decide.-----------
DISPOSITIVA
Con fundamento a los hechos expuestos, y a las motivaciones que preceden, este Tribunal del Municipio Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO.- Se ordena devolver la presente comisión al Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que sea subsanada la omisión de estampar el sello en las boletas de Notificación en cuestión, dirigida a la contribuyente REPRESENTACIONES MOISE CHARLES W. 2001, antes de ser diligenciada dicha entrega. Désele la salida reglamentaria por archivo y remítase con oficio a su tribunal de origen.------------------------------------------------------------------------------------------------------
Publíquese, agréguese al expediente, diarícese y archívese copia de la presente decisión. ----------------------------------------------------------------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias de este Tribunal del Municipio Andrés Bello, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en San José de Barlovento, a los veintinueve (29) días del mes de Abril del año dos mil once (2011), siendo las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana (09:45 a.m.). Años 200° de la Independencia, y 152° de la Federación.-----------------------------------------------------------
El JUEZ TITULAR,
Dr. AGFADOULE JOSE AGRINZONES FARRAY
EL SECRETARIO,
ABG. EDWARD CAMACHO DELGADO
En esta misma fecha, siendo la diez de la mañana (10:00 a.m.) se dio cumplimiento a lo ordenado up supra.----------------------------------------------------------------------------------
EL SECRETARIO,
ABG. EDWARD CAMACHO DELGADO
AJAF/ECD/fga.
Com. 2011-309
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