REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 28 de abril de 2011

201° y 152°

Vistas la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos EDUARDO CAÑIZALES y MATILDE DA SILVA de CAÑIZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 3.892.102 y V- 5.418.890, asistidos por el abogado Noel Miguelangel Zamora Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.274, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos EDUARDO CAÑIZALES y MATILDE DA SILVA de CAÑIZALEZ, antes identificado, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda para habitación, un establo, un área con techo de zinc soportado por tubos y sin recubrimientos laterales y una zona destinada a estacionamiento, conformando un área total de construcción aproximada de TRESCIENTOS QUINCE METROS CON TRECE DÉCIMETROS CUADRADOS (315,13 mts2); que en la presente solicitud declararon haber construido sobre una parcela de terreno, situada en Urbanización Potrerito, Calle Guaicamacuto, Parcela 35, en Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, y que se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0018277; que dicha Parcela de Terreno tiene un área aproximada de CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA METROS CON SETENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (4.530,76 Mtrs2), según consta de Documento de Propiedad debidamente Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha primero (01) de marzo de dos mil once (2011), quedando registrado bajo el Nº 2011.89, Asiento Registral: 1, Matricula N° 232.13.13.1.2148.

Devuélvase a la solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.

Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ



Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO


Expediente Nº: S-2011-051
LCH / MMI / hep





















Quien suscribe, MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ, Secretario Titular del Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, por medio de la presente Certifico: que las copias que antecedes son traslado fiel y exacto de sus originales, relativos al Decreto de TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, presentado por los ciudadanos EDUARDO CAÑIZALES y MATILDE DA SILVA de CAÑIZALEZ; cursante a los folios 16 y 17 del expediente signado con el Nº S-2011-051. Certificación que se hace de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código Procedimiento Civil. En San Antonio de Los Altos, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil once (2011).
EL SECRETARIO

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MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ


MMI / hep