REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 200° y 151°
SUNTO Nº SP01-L-2011-000182
PARTE DEMANDANTE: MAURICIO PEREZ ROJAS, identificado con la cédula Nro. V-17.758.632
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CARLOS HUMBERTO PEREZ ROA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.V-25.760.
PARTE DEMANDADA: PASTEURIZADORA TACHIRA C.A. inscrita en el Registro de Comercio PASTEURIZADORA TACHIRA C.A., inscrita en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Táchira el 22 de octubre de 1953, bajo el nro.99, cuyos documentos modificativos fueron insertos por ante el registro Mercantil Primero del Estado Táchira, el 23-10-91, bajo el Nro.10, Tomo 6-A, 24-08-95, bajo el Nro.44, Tomo 30-A y el 18-06-97, bajo el Nro.42, Tomo 16-A.
Apoderado DE LA PARTE DEMANDADA: MAITE SOTO YAÑEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.38.708.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
En el día hábil de hoy, dieciocho (18) de abril de 2.011, a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento, se hizo presente por la parte actora el apoderado judicial
Abogado CARLOS HUMBERTO PEREZ ROA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.25.760. y por la parte demandada la apoderada judicial abogada MAITE SOTO YAÑEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.38.708, seguidamente la parte actora en uso de los medios alternos de resolución de conflictos expone: En virtud a los elementos probatorios expuestos por la parte demandada; en nombre de mi representado declaro que no se configuró accidente de trabajo alguno durante la existencia de la relación de trabajo y por lo tanto DESISTO DEL PROCESO Y DE LA ACCION. Por su lado la parte demandada muestra su conformidad con lo expuesto por el actor. El Tribunal visto el desistimiento efectuado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. A petición de ambas partes se expide copia certificada de la presente acta para ser entregada a las mismas.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Actora, La Parte Demandada,
La Secretaria,
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