REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO

CAUSA N° 1E- 924-10

JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL

SECRETARIO: RICARDO PACHAO

SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA

VICTIMA: LA COLECTIVIDAD

FISCAL: Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.

DEFENSA: Dr. RAMON PASTOR CHAVEZ


Procede la juez titular a una revisión minuciosa de las actas procesales a cuyos efectos se observa que en fecha 04 de abril de 2011 fue recibido constancia de baja del servicio militar y de los cursos que realizara el sancionado, tomando en consideración que la sanción impuesta consistìa en cumplir el servicio militar y cursos de adiestramiento y dado que el joven ya cumplió con el mismo, asì como con los cursos y que el mismo organismo le diò de baja por tèrmino del tiempo establecido y tomando en consideración la entidad del delito,y el tiempo cumplido es forzoso para este juzgado, dado que el joven ya se había incorporado al servicio militar y por ese motivo había sido infructuosa la imposición de la medida, la cual ya se encontraba cumpliendo es forzoso para este juzgado ORDENAR EL CESE DE LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA en consecuencia se ordena LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES, al haberse cumplido los objetivos que persigue la ley penal juvenil. Y ASI SE DECLARA.




DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA que venìa cumpliendo el joven IDENTIDAD OMITIDA, quien fuera sancionado por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS quedando el joven a partir de la presente fecha en LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICCIONES de conformidad con lo establecido en el artículo 622, 646 y el literal H del artículo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Por cuanto la presente decisión emana de una revisión por presentación de informe evolutivo y no es dictada en audiencia, conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP, se ordena la notificación de las partes. Notifíquese a las partes. Lìbrese boletas de notificación. Lìbrese oficio al departamento de libertad asistida a los fines de que procedan al cierre del expediente administrativo de la sancionada. Cùmplase. Se ordena el cierre del presente expediente una vez que transcurran los lapsos procesales correspondientes.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los once (11) días del mes


de abril del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 152° de la
Federación.
LA JUEZA,


DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL

EL SECRETARIO,


RICARDO PACHAO



En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
EL SECRETARIO,


RICARDO PACHAO































CAUSA N° 1E-924-10
MTSO/mtso