REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA N° 1E- 794-09
JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
SECRETARIO: RICARDO PACHAO
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
VICTIMA: IDENTIDAD OMITIDA
FISCAL: Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
DEFENSA: Dr. CIPRIANO CHIVICO
Por cuanto el dìa de hoy, se realizò audiencia de vigilancia y control donde se procedió a decretar el CESDE DE LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, se publica el texto ìntegro del fallo, el cual queda redactado en los siguientes términos:
Dado que riela a los autos informe evolutivo favorable de los jóvenes sancionados y en audiencia oral de vigilancia en presencia de las partes se determinò que los mismos han cumplido cabalmente con la medida impuesta, verificado el tiempo calendario que ha transcurrido desde que se iniciò el cumplimiento de la sanción y que todavía los jòvenes deben seguir cumpliendo la medida de libertad asistida, siendo que los jóvenes adultos se encuentran incorporados al medio laboral y educativo, considera quien aquí decide verificado el còmputo de cumplimiento de la sanción impuesta y muy especialmente que se han cumplido los objetivos perseguidos por la ley penal juvenil que es forzoso para este juzgado ORDENAR EL CESE DE LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y continuaràn a partir de la presente fecha cumpliendo la sanción de LIBERTAD ASISTIDA tal y como fue ordenado en la sentencia condenatoria dictada a los jóvenes adultos. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA que venìan cumpliendo los jóvenes IDENTIDAD OMITIDA quienes fueran sancionados por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS EN GRADO DE COMPLICIDAD de conformidad con lo establecido en el artículo 622, 646 y el literal H del artículo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y a partir de la presente fecha comenzaràn a cumplir dos (02) años de MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, al cual culminarà en fecha cuatro (04) de abril de 2013, habiéndose practicado còmputo de la sanción en la misma sala de audiencias. Por cuanto la presente decisión emana de una revisión por presentación de informe evolutivo en audiencia de vigilancia conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP, no se ordena la notificación de las partes.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los cuatro (04) días del mes
de abril del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZA,
DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
EL SECRETARIO,
RICARDO PACHAO
En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
EL SECRETARIO,
RICARDO PACHAO
CAUSA N° 1E-794-09
MTSO/mtso