REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, 25 de Abril de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2004-001126
JUEZ: ABG. ROBINSON SUAREZ ROMANO
SECRETARIO: ABG. JOSE LUIS DIAZ
IMPUTADO: ABDUL KARIM AL RIFAY
SOBRESEIMIENTO POR MUERTE DEL IMPUTADO
En virtud de haber recibido este despacho judicial en fecha 11 de enero de 2011, y visto que cursa en la presente causa oficio NUMERO 1000-106, de fecha 18 de enero de 2006, emanado DEL Jefe De Operaciones de la Policía Municipal de independencia del Estado Miranda, donde Remite oficio numero 013, de fecha 16 de enero de 2006, suscrita `por la directora del Registro Civil de Santa Teresa, en el cual se anexa acta de Defunción, en el cual se deja constancia de la muerte del ciudadano ABDUL KARIM AL RIFAY, en fecha 15 de diciembre de 2001.
PRIMERO
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Este tribunal revisada las actuaciones del presente caso, observa que se evidencia el fallecimiento del ciudadano ABDUL KARIM AL RIFAY con el acta de defunción emanada del Registro Civil de Santa Teresa, del estado Miranda, por lo que quedando confirmada y demostrado el fallecimiento del imputado de autos, se considera procedente y ajustado a derecho decretar el sobreseimiento de la causa, conforme a lo dispuesto en el articulo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48 numeral 1 ejusdem y 103 del Código Penal, por extinción de la acción penal, por muerte del ciudadano ABDUL KARIM AL RIFAY. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se decreta el sobreseimiento de la causa, seguida a ABDUL KARIM AL RIFAY, conforme a lo dispuesto en el articulo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 48 numeral 1 ejusdem y 103 del Código Penal, por extinción de la acción penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese a las partes la publicación del presente fallo, a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL (E)
ROBINSON SUAREZ ROMANO
EL SECRETARIO
JOSE LUIS DIAZ