REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
EXPEDIENTE: Nº 2.011-121
SOLICITANTES: MIRIAN MAGDALENA HERNÁNDEZ GUARAMATO,
RUBEN BENITO HERNÁNDEZ GUARAMATO,
ANGELA MERCEDES HERNÁNDEZ GUARAMATO,
ELIZABETH HERNÁNDEZ GUARAMATO,
JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ GUARAMATO,
CARMEN ADILA HERNANDEZ GUARAMATO,
BENITO RAFAEL HERNANDEZ GUARAMATO y
CARLOS RAMON HERNANDEZ GUARAMATO
MOTIVO: SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
I
En fecha 30 de mayo de 2011, se recibió escrito de solicitud de declaratoria de TITULO SUFICIENTE DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos: MIRIAN MAGDALENA HERNÁNDEZ GUARAMATO, RUBEN BENITO HERNÁNDEZ GUARAMATO, ANGELA MERCEDES HERNÁNDEZ GUARAMATO, ELIZABETH HERNÁNDEZ GUARAMATO, JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ GUARAMATO, CARMEN ADILA HERNANDEZ GUARAMATO, BENITO RAFAEL HERNANDEZ GUARAMATO y CARLOS RAMON HERNANDEZ GUARAMATO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-3.967.133, V-4.280.790, V- 4.878.955, V- 5.228.991, V-6.620.206, V- 9.089.201, V- 6. 813.274 y V-6.305.296 respectivamente, de los bienes dejados por el de cujus BENITO HERNÁNDEZ (esposa y padre de los solicitantes) debidamente asistidos por el abogado OMAR HERNÁNDEZ GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 10.113, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- (F. 01).------------------
Adjunto a la solicitud consignan:
A.) Copias fotostática de las cédulas de identidad de esposa solicitante (F. 02)
B.) Copia fotostática de Acta de defunción de Benito Hernández (F.03).
C.) Copia fotostática de Acta de matrimonio de Carmen Ramona Guaramato Cedeño y Benito Hernández (F.04).
D.) Copias de Acta de Nacimiento de los solicitantes, suscrito por la extinta Jefatura Civil de la Parroquia El Guapo, del Municipio Páez del Estado Miranda. (Fs. 05 al 13).
En fecha 06 de junio de 2.011, este Juzgado mediante auto le da entrada a la solicitud en el Libro respectivo bajo el N° 2011-70.- (F. 14). ------------------------------------------------
En fecha 09 de junio de 2011, compareció por ante este Juzgado el ciudadano Omar Hernández Gil, abogado asistente de la ciudadana Carmen Guaramato Hernández, donde consigna tres (3) folios, fotos fotostáticas de las cedulas de los solicitantes y los testigos (Fs. 15 y 17). -------------------------------------------------------------------------------------------
En fecha 15 de junio de 2011, este Juzgado mediante auto admite dicha solicitud y ordena librar edicto y notificación mediante boleta al Fiscal décimo tercero (13°) del Ministerio Público, con sede en Guarenas, a los fines de que actúe en el proceso como parte de buena fe. Se libró la correspondiente boleta en la misma fecha, y el edicto para que sea publicado en un periódico de Circulación Nacional y se fija el acto de evacuación de testigos para que tenga lugar el segundo día (2do.) día de despacho a las 09:00 y 09:30 de la mañana. (Fs. 18 al 21).------------------------------------------------------------------------------
En fecha 16 de junio de 2.011, compareció por ante este Juzgado el ciudadano Omar Hernández Gil, abogado asistente de Carmen Guaramato Hernández, retira el edicto para ser publicado en un diario de circulación Nacional (F. 22). -----------------------------------
En fecha 16 de junio de 2011, fue admitida diligencia del retiro del edicto a los fines de su publicación. (F. 23). --------------------------------------------------------------------------
En fecha 29 de junio de 2011, comparece el ciudadano RAFAEL PEDAUGA URBINA, en su carácter de Alguacil de este Juzgado y consigna boleta de notificación debidamente recibida y firmada por la Fiscal Décimo Tercero (13º) del Ministerio Público. (Fs. 24 y 25).--------------------------------------------------------------------------------------------
Comparece por ante este Juzgado en fecha 30 de junio de 2011, la abogada HAYDDE CAROLINA ESPINOZA CARRASQUEL, en su carácter de Fiscal Auxiliar Décima Tercera (13°) del Ministerio Público, la cual expone la necesidad de la publicación del edicto. Una vez cumplido el requisito antes indicado y no se haya realizado oposición alguna, pide sea declarado Titulo Suficiente de Únicos y Universales Herederos a favor de los solicitantes. (F. 26).-------------------------------------------------------------------------------
En fecha 07 de julio de 2011, este juzgado mediante auto admite la diligencia presentada por la Fiscal Auxiliar Décima Tercera (13º) del Ministerio Público (F. 27).-----
Comparece por ante este juzgado, el ciudadano RUBEN BENITO HERNÁNDEZ GUARAMATO, en fecha 14 de julio de 2011, debidamente asistida por la abogada OMAR HERNÁNDEZ GIL, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 10113, quien mediante diligencia consigna hoja del diario ULTIMAS NOTICIAS, donde aparece publicado el Edicto ordenado por el mismo a los fines legales consiguientes. (Fs. 28 y 29). ----------------
En fecha 14 de julio de 2.011, compareció por ante este Juzgado el ciudadano Omar Hernández Gil, abogado asistente de Carmen Guaramato Hernández, donde solicitó nueva oportunidad para la evacuación de los testigos (F. 30). ----------------------------------------
En fecha 18 de julio de 2011, fue admitida diligencia donde solicito nueva oportunidad para la evacuación de los testigos y se fija para el segundo (2do.) día de despacho a las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.) y nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m.) (F. 31).-----------------------------------------------------------------------------------------------------
Compareció por ante este Juzgado, en fecha 20 de julio de 2011, el ciudadano OMAR HERNANDEZ GIL, siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), la cual rindió declaración referente a los particulares detallados en la presente solicitud. (F. 32).------------
Compareció por ante este Juzgado, en fecha 20 de julio de 2011, el ciudadano RITO ANTONIO HERNANDEZ FUNES, siendo las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m.), la cual rindió declaración referente a los particulares detallados en la presente solicitud. (F. 33).-----------------------------------------------------------------------------------------
II
Es de destacar que al encontrarnos en un procedimiento donde la contención no existe; toda vez que el mismo se ventila como solicitud y visto que se ha cumplido con las formalidades de ley de dar cabal cumplimiento con la notificación del Fiscal Décimo Tercero (13º) del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, se observa del contenido de las actas procesales que la representación del Ministerio Publico, no presentó objeción alguna a la presente solicitud. En consecuencia; visto que se han cumplido con todos y cada uno de los presupuestos procesales para la declaratoria con lugar de la presente solicitud, este Juzgado pasa a pronunciar su respectiva decisión.
III
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrador de Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE TITULO SUFICIENTE DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos MIRIAN MAGDALENA HERNÁNDEZ GUARAMATO, RUBEN BENITO HERNÁNDEZ GUARAMATO, ANGELA MERCEDES HERNÁNDEZ GUARAMATO, ELIZABETH HERNÁNDEZ GUARAMATO, JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ GUARAMATO, CARMEN ADILA HERNANDEZ GUARAMATO, BENITO RAFAEL HERNANDEZ GUARAMATO y CARLOS RAMON HERNANDEZ, plenamente identificados en autos. En consecuencia, se declaran los mismos como HEREDEROS UNIVERSALES de los bienes dejados por el de cujus BENITO HERNANDEZ, quien falleció ab-intestato el pasado 30 de junio de 1.998, por MUERTE NATURAL, tal como se evidencia en Acta de Defunción emitida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, de fecha 01 de septiembre del 1.998. A continuación este Juzgado pasa a precisar el dispositivo del fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se ordena expedir por Secretaria Copias Certificadas de esta sentencia y remitir la misma en su oportunidad a la Fiscal Decimo Tercero (13º) del Ministerio Público con sede en Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda. Líbrese oficio. -------------------
SEGUNDO: Déjese copia certificada de esta decisión todo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 de nuestro Código de Procedimiento Civil. ----------------------
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Rio Chico, a los cinco (05) días del mes de agosto del año dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación. --------------------------------------------------------------
LA JUEZ TEMPORAL,
MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ
En esta fecha de hoy (05-08-2011), se público y registró la anterior sentencia previo el anuncio de ley, siendo las dos horas de la mañana (02:00 p.m).-----------------------------
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ
MAPB/zcmd/jvr.
Solicitud Nº2011-121
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Río Chico, 05 de agosto de 2.011
201º y 152°
Una vez visto todos y cada uno de los documentos que acompañan la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurar los derechos que tenga los ciudadanos: MIRIAN MAGDALENA HERNÁNDEZ GUARAMATO, RUBEN BENITO HERNÁNDEZ GUARAMATO, ANGELA MERCEDES HERNÁNDEZ GUARAMATO, ELIZABETH HERNÁNDEZ GUARAMATO, JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ GUARAMATO, CARMEN ADILA HERNANDEZ GUARAMATO, BENITO RAFAEL HERNANDEZ GUARAMATO y CARLOS RAMON HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nros V-3.967.133, V-4.280.790, V- 4.878.955, V- 5.228.991, V-6.620.206, V- 9.089.201, V- 6. 813.274 Y V-6.305.296 respectivamente, de los bienes dejados por el de cujus BENITO HERNANDEZ, quien falleció ab-intestato el pasado 30 de junio de 1998, de MUERTE NATURAL, tal como se evidencia en Partida de Defunción emitida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, de fecha 1 de septiembre del 1.998. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza la misma. La cual procede redactada por el abogado OMAR HERNANDEZ GIL, inpreabogado Nº 10113. Se ordena dejar constancia en el libro diario y copia certificada en el archivo de este Juzgado.- Cúmplase.-
LA JUEZ TEMPORAL,
MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ZULAY COROMOTO MUÑOZ DIAZ
MAPB/zcmd/jvr
Solicitud Nº 2.011-121
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