REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 12 de agosto de 2011.
201º y 152º
Firme como se encuentra la sentencia dictada en fecha 06 de julio de 2011, EJECUTESE. Conforme se estableció en la referida sentencia, se LEVANTA LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 12 de julio de 2007 y por cuanto observa que no hay más actuaciones que realizar se da por terminado la presente causa y se ordena su archivo. Déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal. Ofíciese lo conducente.
Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
JMCZ/ebs.-
Exp. 19.228