REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
210° y 152°


EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2011-258.

PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO VELANDIA NAVAS, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-4.000.758.
APODERADO DEL ACTOR: JOSE MELECIO ALVAREZ, inscrito bajo el IPSA N°: 48.637.
PARTE DEMANDADA: FRANCISCO CARICIOLO CHIREMA BOTELLO, titular de la Cédula de Identidad Nro: V-9.241.887.
ABOGADA DEL DEMANDADO: LUPE DIAZ, inscrito bajo el IPSA N°: 38.780.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy, martes 09 de Agosto de 2011, siendo la dos y treinta de la tarde (02:30pm) fecha y hora fijada para la prolongación de la Audiencia Preliminar, previo anuncio de Ley realizado por el Alguacil de este Tribunal, comparecieron: el demandado y los abogados de ambas partes anteriormente mencionados; la ciudadana Juez de este Despacho, una vez iniciada la Audiencia de conformidad con lo establecido en el articulo 126 y 129 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se dejo constancia de la comparecencia de las partes, se les concedió un tiempo prudencial para que expusieran sus argumentos, en este estado se le dio el derecho de palabra a la parte demandada y concedido como le fué expuso: propongo a la parte actora, que reciba como pago último definitivo de todo y cada uno de los conceptos demandados y reclamados la cantidad total de VEINTE Y TRES MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.23.000,00), los cuales le serán cancelados en 04 pagos: el primero pago por Bs. 8.000,00 que se les cancelará en fecha 31-08-2011 , más un segundo por Bs.5.000,00 para ser pagado en fecha 30-09-2011, el tercero por Bs.5.000,00 en fecha 28-10-2011 y último pago por la cantidad de Bs. 5.000,00 para el día 30-11-2011 ante éste Tribunal; y de ésta manera poder llevar a cabo el cumplimiento total de dicha obligación. En este estado se instó a la parte demandante a considerar este monto para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde y en éste acto declara la parte actora estar conforme con lo propuesto, señalan que no resta monto alguno a su favor por lo reclamado en el líbelo de la demanda. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Laboral del Estado Táchira HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre las partes y se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso, de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena expedir cuatro (04) copias certificadas de la presente acta, se hace entrega de las pruebas y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en autos el último pago efectivo. Es todo, termino se leyó y conformes firman.-




Dra. YALENA MORA.
LA JUEZ

PARTE ACTORA.




PARTE DEMANDADA







EL SECRETARIO


Exp.2011-258.