REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARAR CON LUGAR la solicitud formulada por la ABG. HELIANNA ROLAINS GALVIZ ASCANIO, Fiscal Auxiliar Duodécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques, y a tal efecto se ACUERDA UNA PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS CONTINUOS, contados a partir del día siguiente del vencimiento del lapso de treinta (30) días que tiene para presentar el acto conclusivo, después de haberse decretado la medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en el cuarto y quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el parágrafo único del artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.-
LA JUEZ,
ROSA ANDREINA CARRASCO CONDE
LA SECRETARIA,
YENNIFFER FERNANDEZ
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación.
LA SECRETARIA
YENNIFFER FERNANDEZ
EXP. NRO. 1C8480-11
RACC/yf