REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
LOS TEQUES.

201º y 152º

ACTA


N° DE EXPEDIENTE 3109-11

PARTE ACTORA: JOSÉ REMEDIOS GONCALVES DE SOUSA, titular de la cédula de identidad Nº 12.729.938.
APODERADO JUDICIAL: el Abogado, VINCENZO GIURDANELLA, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.499. Según consta de poder consignado a la presente audiencia.
PARTE DEMANDADA: JOAQUINA BANDES titular de la cédula de identidad Nº 8.816.845.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: el Abogado CARLOS EDUARDO ARANGUREN FERNÁNDEZ. E inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 4.815. y MARÍA MILAGROS CAMACHO e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 133.198

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 03 de agosto de 2011, siendo las 10:00 am., día y horas fijados para la continuación de la audiencia preliminar en el procedimiento prestaciones sociales incoado por el ciudadano JOSÉ REMEDIOS GONCALVES DE SOUSA; se anunció el acto de viva voz a las puertas de este Circuito Judicial del Trabajo y acudieron: solo la apoderada de la demandada la abogado, MARÍA MILAGROS CAMACHO.
En este estado, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la celebración de la presente audiencia preliminar. Seguidamente la Juez, procedió a examinar el expediente a los fines de determinar que no haya habido violación del Derecho a la Defensa, de la Garantía Constitucional del Debido Proceso, de normas de Orden Público Procesal o del Principio de Irrenunciabilidad de los Derechos de Los Trabajadores, entendiendo el derecho a la defensa, la oportunidad de alegar, probar y recurrir dentro del proceso, observando que la presente audiencia se fijó el día 13 de julio de 2011, bajo nota de diario número 13 de la misma fecha. Razón por la cual, por consulta en el expediente por el principio de publicidad de los actos, pudo perfectamente la parte actora tener conocimiento de la celebración de la presente audiencia, aunado al hecho que la misma se encuentra a derecho, no observando esta juzgadora en consecuencia que haya habido violación al derecho a la defensa, del debido proceso, de norma de orden público procesal o del principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, todos ellos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, siendo que la parte demandante tuvo tiempo y oportunidad para hacerse presente en la presente audiencia. Razones por las cuales procede a dictar el dispositivo en los siguientes términos: “Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO por PRESTACIONES SOCIALES interpuesto por el ciudadano JOSA REMEDIOS GONCALVES DE SOUSA en fecha 04 de mayo de 2011, contra la ciudadana JOAQUINA BANDES. Publíquese y Regístrese el texto íntegro de la presente acta en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques. De conformidad con lo señalado en el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena a Secretaría expedir copia certificada del acta contentiva de la presente audiencia. Dictada, sellada y firmada, en el Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día miércoles 3 de agosto de 2011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación, siendo las 10:30 am. Se declara concluida la presente audiencia, en virtud de la inasistencia de la parte actora. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.




MARÍA DE LOURDES FARIA MARCANO
LA JUEZ








APODERADO DE LA DEMANDADA

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EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA