REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy miércoles (14) de diciembre del año dos mil once (2011), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen del dispositivo del fallo en la audiencia oral referente a la apelación interpuesta por el ciudadano abogado ISIDRO FERNANDEZ inscrito en el INPREABOGADO numero 31.855, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave de Fecha 21 de septiembre de 2011, la cual cursa en el expediente numero 1805-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del ciudadano JOSE MANUEL DE GOUVEIA MARTINS titular de la cedula de identidad 81.178.853 en su carácter de parte actora y el ciudadano abogado ISIDRO FERNANDEZ FREITAS inscrito en el INPREABOGADO numero 31.855, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y apelante.- Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente el ciudadano Juez procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada por el ciudadano abogado ISIDRO FERNANDEZ DE FREITAS inscrito en el INPREABOGADO numero 31.855, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave de Fecha 21 de septiembre de 2011.- SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano DE GOUVEIA MARTINS JOSE MANUEL titular de la cedula de identidad numero E.-81.178.853 contra COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACION Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE) FILIAL A LA CORPORACION ELECTRICA NACIONAL (CORPOLEC).TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave de Fecha 21 de septiembre de 2011, en cuanto a la procedencia de la defensa de prescripción opuesta y en consecuencia se declara procedente los derechos y conceptos reclamados por prestaciones de antigüedad, utilidades, bono de alimentación , salarios caídos a la cláusula 19 de la Convención Colectiva, asimismo ratificación de la indemnización de los artículos 13 Ley Orgánica Prevención Condiciones y Medios Ambientes del Trabajo y el daño moral. CUARTO: No procede el pago de la indemnización del concepto de lucro cesante establecido en el artículo 1.196 del código civil ni procede la aplicación del 80 Ley Orgánica Prevención Condiciones y Medios Ambientes del Trabajo. QUINTO: No hay condenatoria en costas. ….”- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques catorce (14) de diciembre del año dos mil once (2011), años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.- Siendo las 11:20 a.m..



ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR

ISBELMART CEDRE TORRES
SECRETARIA







EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE APELANTE

EXP. 1805-11
AHG/ICT






ELACTOR APELANTE