REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Río Chico, 01 de Diciembre de 2.011-
201º y 152.-


EXPEDIENTE: Nº 2011-212.-


SOLICITANTES: JESÚS LEÓN FIGUEROA CABRERA, RICHARD JOSÉ FIGUE-
ROA PLAZA, DORELIS ELENA FIGUEROA PLAZA, REDI MIL
TON FIGUEROA PLAZA, KENNY RAFAEL FIGUEROA PLAZA
ALEXANDER FIGUEROA PLAZA, ALEXANDER JESÚS FIGUE
ROA PLAZA Y LARITZA YANET FIGUEROA PLAZA.

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

I

En fecha 28 de Octubre de 2011, se recibió la presente solicitud y sus recaudos, por motivo de DECLARATORIA DE TITULO SUFICIENTE DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Vista la misma presentada por el abogado JOSÉ GREGORIO SCHIAVI BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.275.075 e Inpreabogado N° 49.106 quien actúa con el carácter de apoderado judicial, según documento poder registrado bajo el N° 23, tomo 08, de fecha 04 de abril de 2011, por ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), Registro Público de los Municipios Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del Estado Bolivariano de Miranda; de la sucesión integrada por JESÚS LEÓN FIGUEROA CABRERA, RICHARD JOSÉ FIGUEROA PLAZA, DORELIS ELENA FIGUEROA PLAZA, REDI MILTON FIGUEROA PLAZA, KENNY RAFAEL FIGUEROA PLAZA, JESÚS ALEXANDER FIGUEROA PLAZA, ALEXANDER JESÚS FIGUEROA PLAZA y LARITZA YANET FIGUEROA PLAZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidades números V-3.163.602, V-11.934.383, V-10.691.333, V-15.149.523, V-10.096.635, V-10.094.557, V-6.511.059 y V-10.696.162, respectivamente. Todo lo solicitado de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de determinar la cualidad de vocación hereditaria de los bienes dejados por la de cujus MARTA PLAZA DE FIGUEROA, quien era venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-3.163.246 (Fs. 01 al 21). -------------------------

Adjunto a la solicitud consignan:

A.) Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de la de cujus y los solicitantes. ------------
B.) Acta de defunción N° 102, emanada de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Páez, Registro Civil, con sede en Río Chico, de fecha 27 de diciembre de 2010.-------------------
C.) Acta de Matrimonio N° 09, debidamente certificada de la de cujus y JESÚS LEÓN FIGUEROA PLAZA, emanada de la Dirección de Registro Civil de la Parroquia El Guapo, jurisdicción del Municipio Páez del Estado bolivariano de Miranda.---------------
D.) Partidas de Nacimientos de los solicitantes. -----------------------------------------------------
E.) Copia Fotostática de las cédulas de identidad de los ciudadanos OLIVER ALEXANDER LA RIVA GALARRAGA y DOMINGO EUGENIO CORDOVA REYES, quienes serán los testigos en la debida oportunidad que fije este Juzgado. ------------------------------------

En fecha 02 de noviembre de 2011, este Juzgado mediante auto le da entrada a la solicitud en el libro respectivo bajo el N° 2011-212 admitiéndose a sustanciación en donde se ordena librar edicto y notificación mediante boleta al Fiscal décimo tercero (13°) del Ministerio Público, con sede en Guarenas, a los fines de que actúe en el proceso como parte de buena fe. Se libró la correspondiente boleta en la misma fecha 02-11-2011 y el edicto para que sea publicado en un periódico de Circulación Nacional y se fija el acto de evacuación de testigos para que tenga lugar el segundo (2º) día de despacho a las 09:00 y 09:30 de la mañana. (Fs. 22 al 24). -----

En fecha 04 de noviembre de 2011, fecha y hora fijada mediante auto comparece por este Juzgado, siendo las nueve horas exactas de la mañana (09:00 a.m.) y rinde declaración el ciudadano OLIVER ALEXANDER LA RIVA GALARRAGA, en virtud de los particulares detallados en el escrito de solicitud, seguidamente en esta misma fecha (04-11-2011), siendo las nueve horas y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), comparece también a rendir declaración, el ciudadano DOMINGO EUGENIO CORDOVA REYES. (Fs. 25 y 26). ---------

En la misma fecha 04 de noviembre de 2011, se recibe diligencia suscrita por el abogado José Gregorio Schiavi Blanco, donde solicita muy respetuosamente la entrega del edicto a los fines de su publicación correspondiente en un diario de circulación nacional. (F. 27). --------------

En fecha 10 de noviembre de 2011, comparece DAIRON RAFAEL GUACARÁN YÁNEZ, Alguacil temporal de este Juzgado, quien consigna la boleta de notificación recibida y firmada por la ciudadana HAYDEE CAROLINA ESPINOZA, en su condición de Fiscal Auxiliar Décimo Tercero (13°) del Ministerio Publico. (Fs. 28 y 29). ------------------------------

En fecha 10 de noviembre de 2011, comparece por este juzgado la Abogada HAYDEE CAROLINA ESPINOZA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Décima Tercera (13º) del Ministerio Publico, en la cual emite opinión favorable en la presente solicitud y pide al tribunal proceda a decretar lo solicitado. (F. 30). --------------------------------------------------------------------


En la misma fecha 10 de noviembre de 2011, presenta diligencia el abogado José Gregorio Schiavi Blanco, quien consigna ejemplar del edicto publicado a los fines sea agregado a la presente solicitud. (Fs. 31 y 32). ------------------------------------------------------------------------

II

Es de destacar que al encontrarnos en un procedimiento donde la contención no existe; toda vez que el mismo se ventila como solicitud y visto que se ha cumplido con las formalidades de ley de dar cabal cumplimiento con la notificación a la Fiscalía Decima Tercera (13º) del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Se observa del contenido de las actas procesales que la representación del Ministerio Público, no presentó observación alguna a la presente solicitud. En consecuencia; visto que se han cumplido con todos y cada uno de los presupuestos procesales para la declaratoria con lugar de la presente solicitud, este juzgado pasa a pronunciar su respectiva decisión.

III

Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la SOLICITUD DE TITULO SUFICIENTE DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por JESÚS LEÓN FIGUEROA CABRERA, RICHARD JOSÉ FIGUEROA PLAZA, DORELIS ELENA FIGUEROA PLAZA, REDI MILTON FIGUEROA PLAZA, KENNY RAFAEL FIGUEROA PLAZA, JESÚS ALEXANDER FIGUEROA PLAZA, ALEXANDER JESÚS FIGUEROA PLAZA y LARITZA YANET FIGUEROA PLAZA, suficientemente identificados todos en autos. En consecuencia, se declaran los mismos como HEREDEROS UNIVERSALES de los bienes dejados por la de cujus MARTA PLAZA DE FIGUEROA, quien falleció ab- intestato el pasado 15 de diciembre de 2010, a consecuencia de POLITRAUMATISMO GENERALIZADO CON FRACTURAS, tal y como se evidencia en Acta de Defunción emitida por el Registro Civil del Municipio Páez del Estado Miranda, Río Chico, designada con el Nº 102, de fecha 27 de diciembre de 2010.-----------------------------------

A continuación este juzgador precisa el dispositivo del fallo en los siguientes términos:

PRIMERO: Se ordena enviar copia certificada de esta decisión al Fiscal 13º del Ministerio Público con sede en Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda. Líbrese oficio. -----------

SEGUNDO: Déjese copia certificada de esta decisión todo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 de nuestro Código de Procedimiento Civil. -----------------------------------------

Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Río Chico, al día uno (01) del mes de diciembre del año dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ,


EMERSON LUIS MORO PEREZ.



LA SECRETARIA,

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.





En esta misma fecha de hoy jueves uno (01) del mes de diciembre del año dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación, se publicó y registró la anterior sentencia previo el anuncio de ley, siendo las nueve horas exactas de la mañana (09:00 a.m.). -----


LA SECRETARIA,

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.











ELMP//mapb/ev.-
Solicitud Nº 2011-212.-



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Río Chico, 01 de Diciembre de 2011
201º y 152º

Vistas las actuaciones que anteceden, en especial la declaración de los testigos presentados; este Juzgado sin perjuicios de los derechos de terceros y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar los derechos que tengan JESÚS LEÓN FIGUEROA CABRERA, RICHARD JOSÉ FIGUEROA PLAZA, DORELIS ELENA FIGUEROA PLAZA, REDI MILTON FIGUEROA PLAZA, KENNY RAFAEL FIGUEROA PLAZA, JESÚS ALEXANDER FIGUEROA PLAZA, ALEXANDER JESÚS FIGUEROA PLAZA y LARITZA YANET FIGUEROA PLAZA, de los bienes dejados por la de cujus MARTA PLAZA DE FIGUEROA, quien falleció ab-intestato el pasado 15 de diciembre de 2010, en el Hospital Ernesto Regener, Río Chico, Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda por POLITRAUMATISMO GENERALIZADO CON FRACTURAS tal y como se evidencia en Acta de Defunción Nº 102, de fecha 27 de diciembre de 2010, emitida por la Alcaldía del Municipio Páez, Registro Civil con sede en Río Chico. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la parte promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado JOSÉ GREGORIO SCHIAVI BLANCO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 49.106. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Juzgado y copia certificada del presente auto.-
EL JUEZ,

EERSON LUIS MORO PEREZ.


LA SECRETARIA,

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.


ELMP/mapb/ev.-
Sol. N°2011-212


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Río Chico, 01 de Diciembre de 2010.-
201° y 152°



OFICIO N° 2810-418-11.-
Fiscalía 13º del Ministerio Público del Estado Miranda
Con sede en Guarenas-Municipio Plaza.
SU DESPACHO.


Tengo a bien dirigirme a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio copia certificada constante de cinco (05) folios útiles, de la sentencia y decreto dictado en fecha jueves 01 de diciembre de 2011, mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código Civil Venezolano, presentada por el abogado JOSÉ GREGORIO SCHIAVI BLANCO, apoderado Judicial de JESÚS LEÓN FIGUEROA CABRERA, RICHARD JOSÉ FIGUEROA PLAZA, DORELIS ELENA FIGUEROA PLAZA, REDI MILTON FIGUEROA PLAZA, KENNY RAFAEL FIGUEROA PLAZA, JESÚS ALEXANDER FIGUEROA PLAZA, ALEXANDER JESÚS FIGUEROA PLAZA y LARITZA YANET FIGUEROA PLAZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidades números V-3.163.602, V-11.934.383, V-10.691.333, V-15.149.523, V-10.096.635, V-10.094.557, V-6.511.059 y V-10.696.162.

Remisión que hace, a los fines legales consiguientes.-


EL JUEZ,


EMERSON LUIS MORO PEREZ.




ELMP/mapb/ev.-
Exp. Solicitud N° 2011-212.-