REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 1° de diciembre de 2011
201° y 152°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por los ciudadanos Betty Coromoto Hernández Villamizar y Carlos Antonio Hernández Villamizar, asistidos por el abogado Rómulo Alfonso Forti Macksman, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.723, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: BETTY COROMOTO HERNÁNDEZ VILLAMIZAR y CARLOS ANTONIO HERNÁNDEZ VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 3.811.010 y 3.564.417, respectivamente, en su carácter de causahabientes, quienes son hermanos del causante, ciudadano RUBÉN DARÍO VILLAMIZAR, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 2.109.216, y quien falleció en fecha dieciséis (16) de julio de dos mil diez (2010), tal como se desprende del Registro Civil de Defunción, Acta Nº 248, emitida por el Registro Civil del Municipio Baruta de la Circunscripción Judicial del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2011-187
LCH / MMI / jge
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