REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 13 de diciembre de 2011
201° y 152°

Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por la ciudadana CRISTINA CISNEROS de COLL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad NRO 3.404.706, actuando en nombre propio y en representación de su hija ciudadana Carla Cristina Coll Cisneros, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.941.050, debidamente asistida por el abogado Noel Miguelangel Zamora Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.274; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas: CRISTINA CISNEROS de COLL y CARLA CRISTINA COLL CISNEROS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 3.404.706 y 11.941.050, respectivamente, en su carácter de causahabientes del ciudadano CARLOS RAMON COLL ALVAREZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 3.485.445, quien falleció en fecha 23 de junio de 2011, tal como se desprende de Acta Nº 585, Folio N° 87, emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Guaicaipuro, estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a la solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ



Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO


Expediente N°: S-2011-151
LCH / MMI / hep