REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 8 de diciembre de 2011
201° y 152°


Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por la ciudadana Cenona Coromoto Rodríguez de Bermúdez, asistida por la abogada Perla López Zambrano, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.663, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: CENONA COROMOTO RODRÍGUEZ de BERMÚDEZ, VANESSA COROMOTO BERMÚDEZ RODRÍGUEZ, FERNANDO JOSÉ BERMÚDEZ RODRÍGUEZ y EDUARDO ZEUS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 5.003.974, 18.740.302, 20.412.158 y 20.412.159, respectivamente, en su carácter de causahabientes, quienes son esposa e hijos del causante, ciudadano FERNANDO BERMÚDEZ SEOANE, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 6.167.482, y quien falleció en fecha veintidós (22) de agosto de dos mil cuatro (2004), tal como se desprende del Registro Civil de Defunción, Acta Nº 719, Folio Nº 319, emitida por la Dirección de Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ





Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO



Expediente N°: S-2011-215
LCH / MMI / jge