REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Republica Bolivariana de Venezuela
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control
Con sede en al ciudad de Los Teques
Los Teques, 03 de Diciembre de 2011
201° y 152°
CAUSA No. 3C-9038/11
JUEZ: JOSÉ BENITO VISPO LÓPEZ, Juez Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda.-
SECRETARIA: ABG. ROSSANA COSTANTINO, Secretaria adscrita al Pool de secretarios del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Los Teques.-
IMPUTADO: BASTARDO RODRIGUEZ JOSE DAVID, titular de la cédula de Identidad Nº V- 25.122.020.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se DECLINA LA COMPETENCIA de la presente causa, seguida al ciudadano BASTARDO RODRIGUEZ JOSE DAVID, titular de la cédula de Identidad Nº V-25.122.020, ante el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, según numero de expediente 4C-6372/11, Oficio numero 1489/11, de fecha 11-10-2011, por este Juzgado que dictara la orden de requerimiento del mencionado ciudadano, todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 y en relación con el artículo 77 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada de la presente decisión, asiéntese en el Libro Diario y, líbrense oficios respectivos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas División de Capturas, al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, a los fines de proceder que corresponda.
El Juez
ABG. JOSÉ BENITO VISPO LÓPEZ.
La Secretaria,
ABG. ROSANNA COSTANTINO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico.
La Secretaria
ABG. ROSANNA COSTANTINO
JBVL.-
3C- 9038/11
03/12/2011