REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 03
Con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 03 de diciembre de 2011-
201° y 152°
Nº 38
Asunto: 3CS-686-11
Juez: Dr. José Benito Vispo López.
Secretario: Abg Rossana Constantino.
Solicitud: Orden de allanamiento.
Solicitante: Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
Organismo Policial Actuante: Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, AUTORIZA practicar ALLANAMIENTO en el inmueble ubicado en la siguiente dirección: …omissis…., a los fines de la búsqueda de Armas de Fuego o cualquier objeto proveniente del Delito o de Ilícita tenencia o algún otro elemento de convicción que guarden estrecha relación con la presente investigación, que puedan ayudar al total esclarecimiento de los hechos investigados. Dicho allanamiento deberá efectuarse por los funcionarios: …omissis…, todos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación de los Teques; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 210, 211 y 212, todos del Código Orgánico Procesal Penal. La presente autorización tiene una duración máxima de cinco (05) días continuos contados a partir de la presente fecha. Expídase la correspondiente orden, en tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.
Se declara CON LUGAR el requerimiento de la Vindicta Pública. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase
El Juez Tercero de Control
Dr. JOSE BENITO VISPO LOPEZ
La Secretaria
Abg. Rossana Constantino
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria
Abg. Rossana Constantino
Solicitud Nº 38.
Asunto: 3CS- 686 -11.
JBVL .-