REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA Nº 1E- 975-11
JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
FISCAL: Dr. OMAR JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público
VICTIMA: YONI YULIO BERROTERAN y otro
SANCIONADO: ALONZO LOPEZ ALFARO Y YESERSON JOSE VILLAROEL RODRIGUEZ
DEFENSA: DRA MORELIA RON
SECRETARIA: KARLA SANTIN
Procede la ciudadana juez titular a la revisión exhaustiva de las actas procesales a cuyos efectos se observa que por cuanto el dìa de hoy tuvo lugar audiencia de vigilancia y control de la sanción privativa de libertad visto el informe evolutivo emanado del centro donde cumplen la sanción privativa de libertad los sancionados, siendo el mismo favorable este juzgado procede a redactar el texto ìntegro del fallo.
Ahora bien realizada la audiencia en presencia de las partes, se observa que los jovenes sancionados tienen un proyecto de vida concreto, que ha tenido buen comportamiento en el centro durante toda su permanencia en el mismo, que cuentan con el apoyo familiar evidencia el juzgado que el informe evolutivo también es favorable, que se han adaptado a las normas del centro desde sus inicios y que han cumplido con el plan individual que fuera realizado por la instituciòn. No oponiéndose la fiscalía a la sustitución de la medida impuesta.
Teniendo en consideración que los jóvenes son primarios en el hecho punible y que el informe evolutivo es positivo y lo narrado por el equipo multidisciplinario demuestra que los mismos no tiene agresividad latente ni problemas de organicidad cerebral y que según los estudios que se le realizaran no se determinan probabilidades de reincidir dado que siempre estuvieron ajustados a las normas, ante lo cual, y no habiendo objeción por parte del Ministerio Pùblico, y habiéndose cumplido los objetivos que se establecieron en el plan individual y en la ley penal juvenil en la sala de audiencias se DECRETO EL CESE DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD y se le fijò como fecha para el inicio de la medida de imposición de reglas de conducta el dìa 02 de febrero de 2012, ante lo cual se librò la correspondiente boleta de egreso y se otorgò la libertad en la misma sala de audiencias. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD de los joven ALONZO LOPEZ ALFARO Y YEFERSON JOSE VILLARROEL RODRIGUEZ, titulares de las cèdulas de identidad Nos. 22.774.477 y 25.479.618 respectivamente quienes fueran sancionados por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y en consecuencia se fijò audiencia de inicio de la medida de imposición de reglas de conducta para el dìa 02 de FEBRERO de 2012, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 622, 646 y el literal H del artículo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en consecuencia se otorgò la libertad en la misma sala de audiencias y se librò boleta de egreso. Por cuanto la presente decisión emana de una revisión en audiencia no ha lugar a la notificación de las partes, sòlo la notificación de la vìctima conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los diez y seis (16) días del mes de diciembre del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZA,
DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
LA SECRETARIA,
KARLA SANTIN
En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA,
KARLA SANTIN
Causa No. 1E-975-11
MTSO/mtso