REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA Nº 1E- 707-08
JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
FISCAL: Dr. OMAR JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público
VICTIMA: FERNANDEZ PALMA ELENA
SANCIONADOS: ESPINOZA REYES CARLOS LUIS Y PALACIOS GILVER JOSE
DEFENSA: RAMON PASTOR CHAVEZ
SECRETARIA: KARLA SANTIN
Procede la ciudadana juez titular a la revisión exhaustiva de las actas procesales a cuyos efectos se observa que por cuanto el dìa de hoy tuvo lugar audiencia de vigilancia y control de la sanción privativa de libertad visto el informe evolutivo emanado del centro donde cumplen la sanción privativa de libertad los sancionados, siendo el mismo favorable este juzgado procede a redactar el texto ìntegro del fallo.
Ahora bien realizada la audiencia en presencia de las partes, se observa que el joven ESPINOZA REYES CARLOS LUIS tiene un proyecto de vida concreto, que ha tenido buen comportamiento en el centro durante toda su permanencia en el mismo, que cuenta con el apoyo familiar y que los primeros días del mes de enero de 2012 cumple 21 años, ante lo cual, según la normativa penal vigente el joven tendría que ser pasado a un internado judicial de adultos y se perderìa todo el trabajo terapéutico realizado en Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y a la Adolescencia del Estado Miranda, con sede en Los Teques dada la situación carcelaria actual habiendo cumplido casi la mayor parte de los objetivos establecidos en su plan individual. Con relación al joven PALACIOS GILVER JOSE evidencia el juzgado que su informe evolutivo también es favorable, que se ha adaptado a las normas del centro y que cuenta con el apoyo familiar, igualmente que tiene un claro proyecto de vida. No oponiéndose la fiscalía a la sustitución de la medida impuesta.
Teniendo en consideración que los jóvenes con primarios en el hecho punible y que el informe evolutivo es positivo y lo narrado por el equipo multidisciplinario demuestra que los mismos no tiene agresividad latente ni problemas de organicidad cerebral y que según los estudios que se le realizaran no se determinan probabilidades de reincidir dado que siempre estuvieron ajustados a las normas, ante lo cual, y no habiendo objeción por parte del Ministerio Pùblico, y habiéndose cumplido los objetivos que se establecieron en el plan individual y en la ley penal juvenil en la sala de audiencias se DECRETO EL CESE DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD y se le fijò como fecha para el inicio de la medida de libertad asistida el dìa 25 de enero de 2012, ante lo cual se librò la correspondiente boleta de egreso y se otorgò la libertad en la misma sala de audiencias. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD de los jóvenes adultos ESPINOZA REYES CARLOS LUIS Y PALACIOS GILVER JOSE, titulares de las cedulas de identidad Nos. 20.103.859 y 22.524.636 quienes fueran sancionados por la comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE COAUTORIA y en consecuencia se fijò audiencia de inicio de la medida de libertad asistida para el dìa 25 de enero de 2012, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 622, 646 y el literal H del artículo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en consecuencia se otorgò la libertad en la misma sala de audiencias y se librò boleta de egreso. Por cuanto la presente decisión emana de una revisión en audiencia no ha lugar a la notificación de las partes, sòlo la notificación de la vìctima conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los ocho (08) días del mes de diciembre del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
LA JUEZA,
DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
LA SECRETARIA,
KARLA SANTIN
En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA,
KARLA SANTIN
Causa No. 1E-707-08
MTSO/mtso