REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL



JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES



ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN



En el día de hoy, martes, dieciocho (18) de enero de 2011, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica de apelación en la causa seguida por cobro de DIFERENCIA DE SALARIOS CAIDOS y OTROS CONCEPTOS DE CARÁCTER LABORALES por el ciudadano GREGORIO DE JESUS CASTELLANOS INFANTE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5225.454; contra la empresa VENEZOLANA DE FORMAS CONTINUAS C.A. VENEFORMAS, en virtud de la apelación interpuesta por la abogada ERIKA ALISET DIAZ GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.175, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora; contra la decisión dictada en fecha 09 de diciembre de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1644-10 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, Se deja constancia de la comparecencia del ciudadano GREGORIO DE JESUS CASTELLANOS INFANTE, titular de la cédula de identidad No. V-5225.454, en su carácter de parte actora y de la abogada ERIKA ALISET DIAZ GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.175, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora apelante, así como de la incomparecencia de la empresa demandada VENEZOLANA DE FORMAS CONTINUAS C.A. VENEFORMAS, como la ausencia de sus representantes legales. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-Seguidamente se le concedió la palabra a la abogada ERIKA ALISET DIAZ GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.175, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora apelante, quien expuso sus alegatos y fundamentos en relación a la apelación. Concluida la exposición de la apoderada judicial de la parte demandante, quedando reproducidos en el material audiovisual de la presente audiencia, todo lo cual quedó registrado en el material audiovisual, el ciudadano Juez se acoge a los sesenta (60) minutos para dictar sentencia oral en la presente causa, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. De regreso a la Sala, el ciudadano Juez, procede a la pronunciación de la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ERIKA ALISET DIAZ GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.175, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora; contra la decisión dictada en fecha 09 de diciembre de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano GREGORIO DE JESUS CASTELLANO INFANTE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5225.454; contra la empresa VENEZOLANA DE FORMAS CONTINUAS C.A. VENEFORMAS por cobro de DIFERENCIA DE SALARIOS CAIDOS y OTROS CONCEPTOS DE CARÁCTER LABORALES. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 09 de diciembre de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, y se ratifica el nombramiento del experto quien realizará los cálculos. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer el medio de impugnación que la ley establezca, de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, dieciocho (18) de enero del año dos mil once (2011), años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR


PARTE ACTORA




APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA




LA SECRETARIA
CAROLINA MEZA INFANTE




EXP. 1644-10.-
AHG/CMI.-