REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 11 de enero de 2011

200º y 151º

Por cuanto ha transcurrido el lapso fijado por éste Despacho Judicial, para la consignación que fuera solicitada por un auto de fecha 02 de diciembre de 2010, sin que el solicitante haya efectuado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal para fijar la oportunidad de la declaración testimonial promovida por el solicitante, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés y se ordena el archivo de la misma.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA
Exp Nº 1427/2010
JVA/lab/jn.-















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 11 de enero de 2011

200º y 151º

Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud, se observa que desde el día 15 de noviembre de 2010, fecha en que la solicitante consignó Poder Apud Acta, han transcurrido más de tres (30) días, sin que la solicitante haya efectuado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal para la evacuación de los testigos, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés y se ordena el archivo de la misma.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA
Exp Nº 1390/2010
JVA/lab/jn.-












REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 11 de enero de 2011

200º y 151º

Revisadas como han sido las actuaciones que integran el presente expediente, se observa que desde el día 03 de diciembre de 2010, fecha en que este Tribunal dictó auto declarando definitivamente firme la sentencia de fecha 25 de noviembre de 2010, ha transcurrido más de treinta (30) días, sin que la parte actora haya efectuado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal en realizar la ejecución de la mencionada sentencia, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la ejecución en la presente causa por decaimiento del interés y se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA
Exp Nº 1217/2010
JVA/lab/jn.-