REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 19 de Enero de 2011
200° y 151°

Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por la ciudadana MIRVIS KATIUSKA GOMEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 19.015.897; éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MIRVIS KATIUSKA GOMEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 19.015.897, sobre las bienhechurías construidas sobre un (1) lote de terreno municipal, cuyo inmueble se encuentra ubicado en la Carretera Vieja Caracas-Los Teques, Sector Las Lomitas, Barrio Venezuela Vereda “A”, casa Nº 26, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a los promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el abogado ELVIS PARRA S., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.517.
LA JUEZ TITULAR

DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO ACC.

Abg. LUIS ASCANIO BELANDRIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO ACC.


Abg. LUIS ASCANIO BELANDRIA
S-N° 1301/2010
JVA/lab/mg.-