REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy

Valles del Tuy, 30 de Enero de 2012
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2011-001339

RESOLUCION JUDICIAL (DECARATORIA SIN LUGAR DE LA REVISION DE MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD)

En fecha 21 de diciembre de 2011, se recibió en la oficina de alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy, escrito presentado por la Defensa Publica del ciudadano GABRIEL JOSE MACHADO GARCIA, en el cual solicita, conforme a lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, la revisión de la Medida Privativa de Libertad.

Este Juzgador, vista la solicitud presentada, observa: que en fecha 13 de diciembre de 2011, se dicto decisión en la cual se señalo lo siguiente:
“…acuerda revisar la medida privativa de libertad, dictada en fecha 18 DE MARZO DE 2011 y en su lugar se acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano JOSE RAMON CARRILLO, conforme a lo dispuesto en el articulo 256 ordinal 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, referido a la presentación periódica ante el Juzgado de Control cada treinta (30) días, y prohibición de salir del Estado Bolivariano de Miranda, hasta tanto concluya el proceso que se sigue en su contra, declarando con lugar la solicitud presentada por la defensa del imputado, de igual forma se deja constancia que en caso de incumplimiento a la medida aquí acordada, se procederá de inmediato a revocar dicha medida, conforme a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal…”.


En tal sentido, visto que este Juzgado, se pronuncio sobre la revisión de la medida privativa de libertad, en fechas anteriores a la solicitud realizada por la Defensa Cúbica, no tiene materia sobre la cual decidir, observándole al defensor publico, que en lo subsiguiente evite presentar solicitudes ya decididas por los Órganos de Justicia, a los fines de evitar colaborar sobre el congestionamiento de solicitudes de los Tribunales, y así se declara.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy, decreta que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL (E)

ROBINSON SUAREZ ROMANO
LA SECRETARIA

MIXXER SALVATIERRA

Líbrese la correspondiente notificación a la defensa pública.

LA SECRETARIA

MIXXER SALVATIERRA