REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques,
200° y 151°
Vistas las actuaciones cursantes en la presente solicitud, en especial la Autorización O.T.M.R.T.T.U. N° 000012-2011, proveniente de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Guaicaipuro, Oficina Técnica Municipal para la Regulación de la Tenencia de la Tierra Urbana, de fecha 02 de febrero de 2011; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana YULYS PETRA RODRÍGUEZ UGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-6.877.847, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un Terreno Propiedad de la Nación, según consta en Documento Registrado bajo el N° 3, Protocolo 1, Tomo 3; del Trimestre del año 1951, ubicado en la Av. Víctor Baptista, Callejón Los Eucaliptos, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado JOSÉ LUIS NAVEDA., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 109.973. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR


ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA TITULAR

RUTH GUERRA MONTAÑEZ

En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA

EMQ/Yamilette.
EXP. N° 44.642