REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CON SEDE EN CHARALLAVE
Charallave, 09 de febrero de 2011 200° Y 151°
Vista la diligencia de fecha siete (07) de febrero de 2011, suscrita por el ciudadano INFANTE GONZÁLEZ DEIVIS JOEL, titular de la cédula de identidad N° 18.443.107, parte actora en la presente causa, debidamente asistido por el Abogado JUAN OCHOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.672, mediante la cual manifiesta su voluntad de desistir del procedimiento incoado en contra de la empresa PETROQUIMICA SIMA, C.A, por concepto de Cobro de Vacaciones, Utilidades 2010 y Bono de Alimentación mes de noviembre 2010, y por cuanto se observa que la actuación realizada es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por la parte actora; la cual no es contraria a derecho, al orden público, ni a las buenas costumbres; en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, en uso de sus atribuciones legales previstas en los artículos 261 y 262, del Código de Procedimiento Civil y en el Artículo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA el presente desistimiento y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las partes. En tal sentido, se da POR TERMINADO el procedimiento y se ordena el archivo definitivo del expediente. CUMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
LA JUEZA
ABG. AMADO JUNIOR APONTE PAZ
EL SECRETARIO
TRS/AA/Cjm
EXP 3.126-11