REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dieciséis (16) de Febrero dos mil once (2011).
200º y 151º
Vista la solicitud de Título Supletorio, presentada por el ciudadano FERNANDO GOUVEÍA GOMES CAMACHO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° E-1.063.336, y los recaudos presentados, Cédula Catastral, Croquis, y documentos emanados de la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda bajo el N° 43, tomo 28, protocolo Primero de fecha 21 de junio de 1995 y de la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, Los Teques, bajo el N° 39, Protocolo Primero, Tomo 18 de fecha 18 de marzo de 1987, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano FERNANDO GOUVEIA GOMES CAMACHO , venezolano, mayor de edad, divorciado, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° E- 1.063.336, sobre un inmueble constituido por una casa de construcción antigua, situada en la ciudad de Los Teques con frente a la Calle Guaicaipuro Oeste y distinguida con el N° 27 del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, se ordena la devolución de la misma constante de cinco (05) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, así como la copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
MARIA BANDES DE MATAMOROS
THA/MBdM/cleo
Solicitud N° 2010-0553