Siendo las 12:02 p.m., del día de hoy veinticuatro (24) de Febrero del año dos mil once, se traslado y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, ubicado en calle Gustavo Farrera, con calle Yaruro, C.C. Residencial El Campito Torre G Mezanina teléfono 0239-2488562 conforme, está acordado en el sitio denominado: Urbanización Colinas de Betania, en la Urbanización Residencial Vista Real, en el Fundo la Peña, distinguida con el Nº 74, de la manzana M3, Charallave Estado Miranda, a fin de darle cumplimiento a la medida de Embargo Ejecutivo, ordenado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, con oficio Nº 2010-512 de fecha 08 de Diciembre del 2010 en el juicio que por Cobro de Bolívares (Intimación) sigue Giulio Cesare Zoino y Auristela Tariffe de Zoino contra la ciudadana Bettzy Judith Jiménez Parada. Presente en este acto la Abg. Elsa Tariffe de la Cruz, apoderada judicial de la parte actora, el Depositario Judicial Ildemaro Lemus, Representante de la Depositaria Judicial “Defica” C.A., el ciudadano Abg. Julio Cesar Jaimes, Inpreabogado nº 65340, titular de la cédula de identidad Nº 10.887.986, en su condición de Perito Avaluador, previamente designados y juramentados. En este estado se procedió a dar los tres toques de Ley, saliendo la ciudadana Lilian Coromoto Pérez Castillo, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 5.453.634, a quien se le notificó la misión del Tribunal Se deja constancia que le fue entregado copia simple del Mandato de Ejecución y copia del auto de fecha 07 de febrero del 2011 que cursa al folio 08 de este Despacho de Comisión, de conformidad con el 49 Constitucional, que dice; se copia textualmente “ JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CHARALLAVE SIETE DE FEBRERO DEL DOS MIL ONCE. 200º Y 151º. En relación a la práctica de la medida de embargo ejecutivo sobre el bien inmueble identificado en el cuerpo de este expediente, ordenado por el Juzgado tercero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la Ciudad de Ocumare del Tuy, expediente 2013-08 este Tribunal deja expresa constancia que el mismo no ha afecta la posesión del inmueble, solo la propiedad, cual significa que no se verá vulnerado este derecho por la orden emanada del comitente. Aclaratoria que se hace a los fines del dar estricto cumplimiento a la resolución emanada de la Rectoría del Estado Bolivariano de Miranda del 17-01-2011 y al oficio Nº CJ-11-03 del 14-01-2011 proferido de la Comisión Judicial del tribunal Supremo de Justicia.Se ordena la entrega de una copia del despacho de comisión y del presente auto al notificado ello de acuerdo al 26 y 49 Constitucional” En este estado la Abg. Elsa tarife de la Cruz, apoderado judicial de la parte actora señala el Inmueble objeto de la medida. Seguidamente el Perito Avaluador Abg. Julio Cesar Jaimes expone: El valor estimado en mercado inmobiliario del presente inmueble es por la cantidad de SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 700.000,00), el cual consta de una vivienda tipo tow house de dos plantas distribuidos en tres habitaciones principales y una de servicio dos baños sala comedor cocina estacionamiento techado y muro perimetral rejas de entrada principal y estacionamiento todo en buen estado. En este estado el Tribunal declara la desposesión del inmueble y lo embarga ejecutivamente y lo pone en posesión del ciudadano Ildemaro Lemus Depositario Judicial, quien estando presente lo recibe bien y conforme para su guarda y custodia y manifiesta que lo cuidara como un buen padre de familia. Es todo. Siendo las 12:20 p.m.; el Tribunal declara cumplida su misión y acuerda regresar a su sede. Termino, se leyó y conformes firman. LS La Juez. La Notificada. La Apoderada Judicial. El Depositario. El Perito. El Secretario. Ilegibles
COMISION 2011-825
mayerlin