REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 4 de febrero de 2011
200º y 151°


Recibido como ha sido el presente escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentado en fecha 1º de febrero de 2011, por los ciudadanos YULY LORENA BASTIDAS HERNÁNDEZ y PAOLO ANTONIO AVILAN MOSQUERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 15.913.579 y 15.518.767, respectivamente, asistidos por la abogada Marisbelia Haddad Crasto, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.632; este Tribunal Decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges, en los mismos términos expuestos en su escrito; en aplicación a lo previsto en el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 188 y 189 del Código Civil; y conforme a la Resolución Nº 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 2 de abril de 2009. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con arreglo a lo dispuesto en el artículo 196 del texto sustantivo civil, anexándole copia certificada del escrito y del presente decreto, a los fines de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe.
En cuanto a la solicitud de copias certificadas, este Tribunal lo acuerda por ser procedente, y ordena que las mismas sean expedidas por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TITULAR,


LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

EL SECRETARIO,


MAIKEL MEZONES I.


Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente decreto.



EL SECRETARIO,


Expediente Nº: E-2011-020
LCH / mmi