REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 16 de Febrero de 2011
200° y 151°

Visto el escrito presentado por el ciudadano JOHANG CARLOS BASAN RUGELES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.878.466; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOHANG CARLOS BASAN RUGELES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.878.466, sobre las bienhechurias construidas sobre un lote de terreno Propiedad del ciudadano CARLOS ENRIQUE BASAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad Nro. 1.374.275,según consta en el documento de protocolizado ante la Oficina Subalterna del Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha 14 de Febrero de 1986, anotado bajo el Nº 31, Tomo 8, Protocolo 1º, 1º Trimestre, ubicado en la Calle Ribas, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el Abogado ELVIS PARRA S., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.517, en su carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda.
LA JUEZ TITULAR

DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. LUIS ASCANIO BELANDRIA
S. Nº 1454/2010
JVA/lab/cc.-